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44 CULMINACION DE LA ORGANIZAClON DE LOS EStúoios profesos se ejerciten, por espacio de dos años, en la vida espiritual y en la disciplina regular antes de entregarse a los estudios. Los capí– tulos generales no solamente mantienen esta prescripción, sino que recomiendan insistentemente que sea rigurosamente observada (12). Esto motivó el que se trocara en realidad el peligro arriba citado. Los clérigos -así se denominaban los neo-profesos para distinguirlos de los novicios y de los estudiantes- se distribuirán, sin un guía y ocu– pación determinada entre los diferentes conventos de la provincia. Para obviar este inconveniente, el capítulo de 1602 promulgó este decreto: «Deben erigirse, en cuanto fuere posible, seminarios para los jóvenes profesos, especialmente para los clérigos)). Seis años más tarde, se ordena que en cada provincia se establezca, en cuanto fuere posible, un seminario en donde los jóvenes profesos sean instruídos por un fraile idóneo en las prácticas externas e internas de la vida espiritual (14). Nuevamente insistió el capítulo general diez años más tarde: «De– seando ante todo que los jóvenes que salen del noviciado no pierdan el espíritu nuevamente adquirido, antes vayan constantemente pro– gresando en el bien, ordenamos que, donde cómodamente se pueda, se instituyan seminarios, y donde esto no sea posible por el pequeño número de clérigos; queremos que sean colocados en lugares solita– rios, lejos de los frailes relajados e indisciplinados que podrían serles motivo de escándalo y de ruina. Los guardianes manténganlos sujetos a la disciplina de los novicios por espacio de cuatro años completos según lo ordenado por nuestras Constituciones para la educación de estos religiosos jóvenes. Y cargamos severamente la conciencia de los superiores si en esto fueren descuidados y negligentes. Darán cuenta estrechísima a Dios y a san Francisco de los graves daños espirituales que de esto recibieren, tanto los clérigos a ellos enco– mendados como la Orden. Y como es cosa que preferimos a todo lo demás, rogamos y exhortamos encarecida y afectuosamente por el amor de Nuestro Señor Jesucristo a los Padres provinciales y guar– dianes insistan y tomen con calor este gravísimo negocio del cuidado de los jóvenes, preocupándose no sólo de las cosas grandes, sino tam– bién de las pequeñas. Y deberán vigilar para que estos religiosos jóvenes no se vea~ demasiado ocupados en trabajos corporales, como algunos superiores con poca discreción suelen realizarlo, a fin de que puedan disponer de tiempo y comodidad para entregarse a la (12) Capit. 1596, 20; Anal., V. 135. (13) «Che facciano per quanto é possibile, li Seminarii de giovani professotti, massime de Chierici». Capit. 1602, 20; Anal., V, 168. (14) «Che in ogni Provincia, se sará possibile, sia qualche Seminario di giova– ni novellamente professi, dove siano istrutti da qualche frate idoneo negll essercitii spirituali, tanto interni quanto esterni». Capit. 1608, XV. Anal., V, 249.

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