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EL PROGRAMA lJE ESTUbIOS EN LAS CONSTITUCIONES l)E 1575 39 la vida espiritual antes de emprender o continuar los estudios pro– fanos. Pero esta ventaja era contrarrestada por no pequeños incon– venientes. Existía el peligro, y peligro próximo de que los clérigos, dejados a sí mismos en un convento cualquiera, después del novi– ciado por espacio de dos años, no progresaran en la vida espiritual y olvidaran los conocimientos anteriormente adquiridos. Este peligro, como lo veremos, se convirtió en realidad. Es aún más significatiya la última frase del programa de estudios de 1575: «Al cual estudio sean promovidos por el Vicario Provincial y. los Definidores en el capítulo provincial o por el P. General aque– llos frailes que juzgaren de ferviente caridad, de loables costumbres y de humilde y santa conversación. Esta promoción se hará por votos secretos ... Se ordena además que aquellos que no tuvieren las cuali– dades indicadas, o que son de tardo ingenio, no se pongan al estudio; y si los hubieren puesto, se quiten luego que se descubriere su inca– pacidad o indignidad para el estudio)). Esta es ciertamente la parte más fuerte y la más débil de todo el reglamento. Manifiesta ante todo la idea profunda, altísima que se tiene del estudio. De entre los clérigos de nuestra Orden han de ser seleccionados para el estudio aquellos que se distingan por sus cualidades morales, religiosas e intelectuales a juicio de los superiores mayores de la provincia o de la Orden. Y aun cuando un estudiante haya sido puesto al estudio, se le podrá separar en todo tiempo de él, y hasta excluirlo definitivamente si se averigua que se le juzgó con excesiva indulgencia, o se mostró con el correr del tiempo incapaz o indigno. Ocupar un puesto en una escuela tan distinguida debía de ser motivo de gozo para los estudiantes y para los maestros; merced a esta selec– ción el nivel intelectual debía estar muy alto. Este es el lado fuerte de dicha prescripción. Ved ahora el reverso de la medalla. Todos los jóvenes profesos, tanto los destinados al estudio como los excluídos de él, eran clé– rigos. Antes de su entrada en la Orden habían frecuentado una es– cuela inferior (el Trivio) donde habían aprendido bien o mal a leer y escribir el latín. Si no fuera así, es decir, si no fueran fratres Iitte– rati, sino fratres idiotae debían en virtud de la Regla ocupar un puesto entre los hermanos legos. La cuestión de si éstos debían o no ser admitidos a los •estudios sería supérflua. Sin embargo, se ventilaba esta cuestión. Eran ciertamente clérigos; anhelaban ordenarse de sacer– dotes y de hecho la mayor parte llegaban al sacerdocio, hubieran o no proseguido los estudios. Si habían continuado el estudio llegaban a ser predicadores; si no habían saludado la teología permanecían sacerdotes simplices. Así andaban las cosas desde hacía siglos, tanto entre el clero secular como en el regular. Esto que hoy nos escanda– liza, era entonces la cosa más natural del mundo. El concilio de Trento, consideradas estas circunstancias, no se atrevió a prescribir los estudios a todos los clérigos de las Ordenes religiosé;ls, aun cuando

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