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EL PROGRAMA DE ESTUDIOS EN LAS CONSTITUCIONES DE 1575 profanos tocante a la teología. Se mueven dentro del círculo de ideas que san Buenaventura expresó en su obra De reductione artium ad theologiam y resumidas en esta conclusión: «Así queda patente cómo la multiforme sabiduría de Dios, que con claridad se nos manifiesta en la sagrada Escritura, se oculta en todo conocimiento. Aparece, ade– más, cómo todo conocimiento presta vasallaje a la teología ... Este ha de ser el fruto de todas las ciencias, que por ellas se edifique la fe ... )) (49). Por otra parte, las palabras que acabamos de citar de las Consti– tuciones presuponen que realmente se han admitido en las escuelas de la Orden los estudios profanos únicamente para utilidad de la teología. Esto no parecerá extraño a todo el que haya saludado la historia de los estudios en la Edad Media. Se admitía entonces, como regla sin excepción, que la teología, en cuestión de ciencias, era la más apetecible. Todas las demás disci~ plinas eran como otras tantas sendas para llegar a este único y sobe– rano conocimiento, sendas que se recorren velozmente para alcanzar el término de toda ciencia terrena. Desde Abelardo hasta el último de los escolásticos, todos los pensadores de la edad media, sin excep– ción alguna, admiten firmemente este principio. Hasta el mismo Ro– gerio Bacón, el defensor más vehemente, más impetuoso y genial de una reforma de los estudios, favorable a las ciencias naturales, con– sidera como regla fundamental de ella el convencimiento de que toda sabiduría debe orientarse a la teología y desembocar en la teolo– gía (50). Pero no solamente los Franciscanos, sino también todas las demás Ordenes mantuvieron resueltamente la consigna de que úni– camente la teología, como estudio propio del estado religioso, debía ser tenida en consideración y las otras ciencias aceptarlas como auxi– liares de la enseñanza teológica. Esta persuasión general la expresó santo Tomás de Aquino con - estas palabras: <<A los religiosos conviene principalmente el estudio de la ciencia que lleva a la piedad ... Entregarse a otros estudios no· es propio de religiosos cuya vida está consagrada al servicio de Dios, a no ser que estos estudios estén ordenados a la sagrada teología)) (51). Que es precisamente lo que indica el pasaje de nuestras Constitucio– nes de 1575 citado anteriormente a propósito de los estudios profanos en nuestra Orden. A continuación se añade: «Al estudio de la lógica y filosofía no sean ordinariamente puestos aquellos frailes que no hubieren estado dos años a lo menos en la Religión después de la profesión)). El fin que con esto se pretendí::i. era c<w1solidar a los religiosos jóvenes en (49) Opera, V. 325, 26. (50) Opus tertium, c. 24, ed. Brewer, 71; ed. Bridges, I, Oxford, 1897, 61 ss, (51) Summa theol., 2, 2, p., 818, a. 5, ad. 3.
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