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l1.0 tos ESTUDIOS EN i..A o. F. ANTES DE tA REFORMA CAPUCHINA La afluencia a estos santuarios de la ciencia había adquirido tales proporciones, que los capítulos generales debían continuamente res– tringirla organizando los estudios generales y particulares hasta en sus más mínimos detalles (3). Pero el afán por el estudio no siempre estaba en armonía con los que a él se dedicaban. No pocos frailes procuraban adquirir el título de bachiller o de doctor en el tiempo más breve y con el menor es– fuerzo posible. Por eso acontecía no pocas veces que, valiéndose del favor de los príncipes o de algún breve pontificio, conseguían el título de doctor sin haber profundizado en los estudios o sin la asis– tencia a alguna escuela superior. Lo que les preocupaba, tuvieran o no formación científica, era gozar de los privilegios inherentes a los lectores y a los maestros. Estos privilegios eran tan numerosos y tan ampltos. que. hasta obispos dimisionariós,. -al volver a sus conventos, se ingeniaban por gozar de las gratiae magistrales ( 4). Exención casi total del coro y· de otros actos de comunidad, dormitorio aparte, mientras los demás frailes debían contentarse con un dormitorio co– mún; un criado a su disposición, comida especial, derecho de partici– par en todos los capítulos. Estos honores y otras muchas ventajas gozaban los maestros graduados, sin contar el derecho seguro de llegar a obtener los cargos más importantes del gobierno de la Pro– vincia y de la dirección de la Orden {5). Fácilmente se comprend~ que así se menoscababa la disciplina y la regularidad precisamente en los puntos más importantes, y que los estudios y el lectorado fueran considerados como los responsables de la decadencia de la vida regular. No se hizo esperar una reacción enérgica de algunos capítulos generales y de algunos soberanos pontífices. Las Constituciones de 1384 aplicaron severas medidas para extirpar los abusos introducidos en los estudios y la r-elajación de la vida regular, males éstos estre– chamente ligados entre sí (6). Las Constituciones aprobadas por Martín V en 1430 mandan a los Provinciales atender seriamente en todas partes a la reforma de los estudios (7). En 1501 los estatutos de Alejandro VI renuevan las antiguas ordenaciones referentes · a los estudios y se esfuerzan en remediar los inconvenientes nacidos de las promociones precipitadas a los grados académicos, de la relajación espiritual a causa de los estudios, y de los excesivos privilegios de los estudiantes, de los ba- (3) P. HERIBERTO HoLZAPFEL, Handbuch der Geschichte des Franziskanerordens, Freiburg, Herder, 1909, 268-283. (4) Bullarium francisc., ed. CONRAD EUBEL, VII, 510, 567. (5) Chronica Fr. Nicolai, o. c. 263; FELDER, o. c. · 374; HoLZAPFEL, o. c. 281. (6) · ·A.estas ordenaciones. se .refieren los estatutos· de. Alejandro VI de los que nos ·ocupa,remos.· más ·tarde, (7) WADDING, X, 157.

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