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Nuevo Contexto Religioso Libertad religiosa 26. Sostenemos, tratándose de la Iglesia, el derecho a la libertad religiosa y la posibilidad de predicar el Evangelio en todo el mundo ; y para cada cristiano la libertad de practicar la propia fe sin discriminación (E. N. 39). El otro aspecto de la misma libertad religiosa y de conciencia, afirmada por el Documento conci– liar "Dignitatis humanae", consiste en que todo hombre tiene derecho a seguir la propia con– ciencia. El Cristianismo no se impone; se ofre– ce al hombre libre. También las jóvenes cristiandades deben cre– cer y madurar en la libertad evangélica y, por consiguiente, dentro de la generosa tolerancia de su pluralismo legítimo. Religiones no cristianas 27. El tema de las religiones no cristianas se ha convertido en un problema de primera importancia. Durante el período de la hege– monía europea el Cristianismo pasaba casi auto– máticamente como la única religión que merecía tal nombre. Hoy las religiones han logrado ma– yor autoconciencia y nosotros debemos revisar muchas de nuestras pretensiones de antes. Cuanto más profundizamos en el conocimiento de las religiones a través de un verdadero con– tacto y un auténtico diálogo, más las aprecia– mos y admiramos, aunque pueda haber en ellas aspectos de pecado y de error. Reconociendo plenamente a Jesucristo como único Salvador y a la Iglesia como sacramento universal de salvación, muchos teólogos admi- - 36 -

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