BCCCAP00000000000000000000666

266 ANSELMO DE LEGARDA Santo, profirió las proposiciones siguientes: "Entre las aflicciones de alma y cuerpo que Cristo, nuestro Redentor, tuvo en su sagrada pasión y muerte, fue la mayor de todas el verse quitar sus vestiduras (único patrimonio de Su Majestad), rasgarlas y repartirlas entre aquellos a quienes por ningún término pertenecían por ser propiedad del Señor. Ahora ¡ cuánto más sensible sería en el día a su Divina Majestad el ver las cosas de la Iglesia repartidas entre aquellos a quienes no corresponden, y aplicadas a los fines a que no fueron determinadas desde sus princi– pios!". Sabe también S. M. positivamente que dicho religioso tiene ideas contrarias a los piadosos establecimientos que se promueven en su feliz gobierno, con cuyos antecedentes deben combinarse sus declaraciones. Sin embargo, quiere S. M. creer que la sinceridad y virtud de Fr. Diego de Cádiz han sido sorprendidas por personas mal intencionadas, y ha resuelto se dé por fenecido este asunto, insinuando a dicho religioso, por medio de vuestra paternidad reverenda, procure con oportunidad y prudencia desvanecer cualquiera mala impresión o inteligencia que se haya dado a sus palabras y evite hablar de las cosas que coincidan directa o indirectamente con las disposiciones del Gobierno, que deben venerarse y huir de toda crítica sobre ellas, aunque no es dudable que su ánimo o intención habrán estado muy distantes de estos objetos. = Lo participo a vuestra paternidad muy reverenda de orden de S. M. para su inteligencia y cumplimiento, dándome aviso de ello ». El destierro fulminante, que para otro cualquiera hubiese sido eno– joso y paralizador, al Beato ni le turbó espiritualmente, como él mismo lo proclama una y otra vez, ni le impidió seguir atento a sus preocupa– ciones habituales, como la de las comedias, ya fuese en Granada, ya fuese en Zaragoza. El 29 de junio trasmite una buena noticia: « De Madrid me escriben lo siguiente: "El Sr. Arzobispo de Granada pidtó al Rey que el decreto prohibitivo de las comedias en Granada se extendiese a todo el Arzo– bispado. Despachó el Rey según lo pedía y se comunicó el decreto al Consejo. Se llevó muy mal por algunos de él, no se pensó bien respecto del Arzobispo y creo se acaloraron algo, guiados de la máximas políticas de ser necesarias en los pueblos estas diversiones, en que estarán tristes las gentes y no tendrán en qué divertirse. Por lo que parece, quieren o han determinado se forme un expediente sobre la utilidad y necesidad de permitir estas diversiones"» 149 • Pocos días más tarde, el 6 de julio, añade el Beato: « Ya se ha remitido el impreso circular a todos los pueblos del Arzobispado de Granada, relativo a la prohibición de comedias» 1su. Un motivo parecido le impulsa a anunciar presuroso el 27 de julio: « Pongo a vuestra caridad estas cuatro letras para incluirle la adjunta que recibo del Sr. Arzobispo de Zaragoza, noticiándome el gran triunfo que por la bondad de Dios hemos conseguido para aquel Arzobispado. 1 " CES, 25s. 15 • CES, 27.

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz