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ALFONSO DE CASTRO 241 quod haereticos jubeat occidi : sed tantum jubet potestati saecu– lari tradi» 91 • Las últimas palabras nos introducen en el procedimiento penal que se seguía contra los herejes. La Iglesia determinaba si un sujeto era culpable del crimen de herejía. Pero sólo la autoridad secular conminaba y ejecutaba la sentencia de muerte. Dado nuestro criterio de mansedumbre, ya no nos interesa exa– minar las razones en que Alfonso de Castro fundaba la licitud de esta pena capital. Lógicamente su razonamiento es una consecuen– cia de aquel principio teológico-jurídico según el cual el pecado de herejía es el mayor crimen social-político, pues atentaba con– tra el mayor bien de la Cristiandad: la fe 92 • El estudio de Alfonso de Castro sobre la guerra contra los herejes fué provocado por una circunstancia casual. Enfermo en Trento, tiene que regresar a su patria. Son los momentos en que el césar Carlos V va camino de Mühlberg tal como vió el Tiziano, lanza en ristre y montado a caballo. No a todos parecía que tal guerra fuera justa, ni menos que fuera cristiano luchar contra los herejes, los cuales «non armis sed rationibus vincendi erant». Entonces se determinó a añadir esta controversia al libro que ya tenía preparado De justa haereticorum punitione, con el fin, dice expresamente, de probar «todo coelo errare qui ita sentiunt» 93 • Con este motivo estudia Alfonso de Castro el jus belli, seña– lando cuantos requisitos se precisan para que ésta sea justa y líci– ta. Como se sabe, este estudio estaba en el ambiente de aquellos días con motivo de los indios americanos. Unos años antes, Fran– cisco Vitoria lo había hecho en sus famosas Relectiones . .. Se ad– vierte al instante que Alfonso de Castro camina por su propio pie. Algunas de las causas que, según él, justifican la guerra no han sido juzgadas por todos como suficientes y en este sentido el padre Carro critica a nuestro teólogo 9 ' . No podemos entrar en discusión tan interesante, pues implicaría adentrarnos en una te– mática muy amplia, complicada y marginal a nuestro trabajo. Tan sólo nos basta para nuestro propósito recoger cuán justamente defendió al Emperador, como lo reconoce el padre Carro, en la 91. De justa haeret . punit . II, iala. 92. Al oue le interese el tema puede leer los cap . 12 y 13 del libro II De justa hae– ret. punit ... II , 112-119. 93. D e iusta haeret . punit... II, 133a. 94. La teoloala 11 los teólogos... 396 y ss.

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