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216 ~ FELICIANO DE VENTOSA mentando el mismo santo Tomás, se haría en detrimento de la fe, pues tales niños fácilmente la abandonarían por el influjo de sus padres 29 • Mas precisamente este peligro para la fe es lo que motiva la opinión de Duns Escoto, formulada según los principios de un supernaturalismo a ultranza. La recoge Alfonso de Castro sin cen– surarla. Después de comentar la opinión de santo Tomás que he– mos expuesto, continúa escribiendo: Alii tamen theologi, inter quos recensetur Doctor Subtilis Sco– tus, qui oppositam sententiam tuentur, propter eandem causam (peligro de pérdida de fe) censet, filias infidelium qui invitis pa– rentibus fuissent ex imperio Principis baptizati, esse statim post baptismum a parentum cura et potestate semovendos, ne si apud illos manerent, a parentibus suis in eundem infidelitatis errorem traherentur, quo illi sunt infecti 30 • Late en esta opinión la argumentación que el escotista irlandés formulaba ex subordinatione juris parentum in filias ad jus quod habet in ipsos Deus 31 • Santo Tomás estaba más en lo cierto al exigir respeto absoluto al derecho natural de los padres que tam– bién procede de Dios. Este supernaturalismo es aún más patente en Alfonso de Castro en uno de los capítulos de su libro De justa haereticorum punitione. Lo motiva un caso de conciencia. Un joven penitente se niega a denunciar a su padre a los inquisidores. No podía convencerle a que lo hiciera, escribe Alfonso de Castro, «nam hoc scuto se tueba– tur, quod non erat decens neque ratio naturalis patiebatur ut filius patrem ad mortem duceret» 32 • Alfonso de Castro estaba en esta ocasión a la altura del papa Paulo IV, contemporáneo suyo, quien en su implacable odio a la herejía pronunció una frase escalo- 29. Cf. Summa Theolog., II-II, 10, 12. Las paabras de comentarlo del P . Carro pa– recen un poco extremas: «He aqul cómo Santo Tomás limita los derechos de la fe y de la Iglesia ante el derecho natural. Ni el peligro de la condenación eterna le hace retrocedern. En La teolog!~ y los teólogos-juristas españoles ante la conquista de Amé– Ticn 2 ed. (Salamanca, 1951l, 159. 30. De iusta haeret, punit... II, llla 31. En P. CARRO, La teología y los teólogos... 180. Pese a nuestra preferencia por la solución de Santo Tomás a esta cuestión, creemos, sin embargo, que hay centrarla en el eran tema de las relaciones del orden natural y sobrenatural de modo distinto a como o han hecho los disclpulos del Angélico, v . g, el P. Carro aqul mismo citado. y Hay que advertir que si la escuela franciscana ha sentido en ocasiones tentación hacia un supernaturalismo a ultranza, la tentación de naturalismo no es ni menos frecuente ni menos peligrosa. En nuestro estudio aparecerá bien claro que los mo– dernos dlsclpulos de Santo Tomás no se han !Lbrado de semejante tentación. ¿Han sucumbido a ella? Ecce auaestto... 32. De iusta haeret. punit... II, 185a.

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