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EL P. FRANCISCO DE VILLALI'ANDO 385 tanto dehe decirse de las razones alegadas por la Universidad ele Sala– manca : se apoyan en partidos de escuela. Y añaden que se debe prohibir terminantemente al P. Gouclin para el estudio ele la Filosofía, sin tolerar por más tiempo ni la inobediencia de los Capuchinos ni la de las Escuelas públicas a pretexto de la censura que han emitido. En cuanto al segundo punto, o sea, a la impresión de las censuras y de la respuesta dada por el P. Yillalpanclo, dicen que el P. Villalpando, sin jurar en Aristóteles ni en su escuela, imitando a otros eclesiásticos sabios, entresaca lo más útil y desecha las cuestiones que no han de ser útiles a los discípulos : que su obra salió con la debida censura y que ha :eguido la suerte de las obras de los grandes hombres. Añaden que P1 P. Villalpando, sin aspirar a rentas, beneficios, cátedras, dignidades y honores se ha dedicado a escribir correctamente en una materia tan im– portante como el Curso Filosófico, y en vez del aprecio, se le ultraja por unos hombres cuyas obras y progresos literarios no se conocen. Afiackn de nuevo que las censuras y objeciones puestas por las Universidades y los Capuchinos son más efecto de la preocupación que dictámenes de hombres doctos. Finalmente, confiesan que el P. Villalpando satisface con solidez a los mencionados reparos que se le han hecho, que no son otros que los arriba mencionados ; aiiadiendo qm' no pueden omitir la humildad, prontitud y allanamiento con que se sujeta el autor a corregir los defectos en punto de religión y contravención a las leyes civiles y canónicas que se califiquen tales por la superioridad competente. Y terminan diciendo que por lo qu:c respecta a la impresión de las cen– suras en pro o en contra, como son cosas secretas, no debe hacerse en manera alguna. En cuanto al tercer punto sobre la reimpresión de las Instituciones Filosóficas del P. Villalpando, dicen que no se hallan en estado de pod, 0 r decidirse aún, ya que solamente se ha e11viado la censura de la Lógica 72 • Por eso volvió a renovar el Consejo, ahora en 1782, la orden dada en 1779 de que arriba hemos hecho mención 7 ª. Pero, desgraciadamente, sin cbtener otro 1 esultado, ni siquiera por lo que respecta a la eliminación del P. Goudin de la enseñanza. He aquí, efectivamente, los datos que sobre esto tenemos en 1790, con motivo de una nueva orden dada el 2B de febrero: i:3. Informe de los Fiscales (4 de junio de 17ti:.'), ibid., ff. :?7:!-:.>m. 73. Así lo dice el Rector de la Umversidad ,le Huesca (G de junio de 17B5) en carta al Consejo, ibid., hoja aparte y sin numerar al final.

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