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74 P. BUENAVENTURA DE CARROCERA En vista de esa buena acogida dada a la mencionada orden del Consejo, éste les escribe una carta de acción de gracias 40 , pero luego manifiesta también que será muy grato al Consejo el que cuanto antes se enseñe a la juventud por dicha obra, por la señalada instrucción que de ella resultará, cuidando los Maestros o Lectores imponerse bien en ella para que la ense– ñanza sea cumplida y provechosa 41 . Por eso mismo los Provinciales se creyeron en el deber de contestar de nuevo al Consejo para darle cuenta de la ejecución de sus órdenes. Así lo hace efectivamente el de Valencia, diciendo había respondido ya al Con– sejo sobre lo que mandaba acerca del curso del P. Villalpando, o sea que se había puesto en obra lo mandado por él, y esto en diciembre de 1779. Casi lo mismo contesta el de Cataluña por la misma fecha, diciendo se estudiará por el P. Villalpaudo en el curso que se va a poner. Otro tanto hace el de Andalucía, comunicando que se practica en un estudio de «diez jóvenes que principiaron en este año que termina (1779) y se practicará en los que se estableciesen en adelante» 42 • Lo mismo había hecho ya anteriormente el de Aragón. Y el de Navarra, que retrasó un tanto obe– decer la orden por motivo del Capítulo Provincial, contesta en mayo de 1780 que había comunicado dicho mandato al Capítulo, que la aceptaron todos y que se dió orden para que el Lector que comenzaba entonces lo hiciese por el P. VHlalpando 43 • Consiguientemente, a mediados de 1780, cinco de las Provincias estu– diaban ya por el curso del P. Yillalpando, como éste comunicaba con satisfacción al Consejo el 6 de junio del citado año ,H_ La única Provincia capuchina que se mostró reacia a obedecer la orden del Consejo fué, como ya hemos dicho, precisamente la de Castilla, sin que sepamos a punto fijo la causa. El 8 ele diciembre de 1779 se había celebrado Capítulo Provincial y habían cambiado los Superiores en Castilla, y como los anteriores habían favorecido grandemente al P. Villalpando, los nuevamente elegidos no su:::· .::ron sino ponerle obstáculos. Y el principal de todos fué justamente el Provincial P. Nicolás de Bustillo, más tarde Definidor General y luego Superior de toda la Orden Capuchina por Breve de Pío VI, de 1796. No valieron órdenes del Consejo, ni protestas del P. Villalpando, ni: exhortaciones incluso del Definitorio General para que los Superiores de 40. Carta del Consejo (18 de dbembre de 1779), ibid., entre los ff. 53-54. 41. Carta del 20 de diciembre de 1779, ibid., f. 57. 42. Cfr. las distintas contestaciones, ibid., ff. 74-77. 43. Ibid., f. 85. 44. Ibid., f. 92. ,
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