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AYtrOAiDMt.-COOí>lttv.C.IÓN M1SlONtRA 49 ridional, Bulgaria, Chipre, Grecia, Irán, Iraq, Líbano, Palestina, .Jordania, Turquía, Tracia y Afganistán (2) . . c) Sagrada Congregación de Negocios Eclesiásticos Extraordinarios. En 1940 la Santa Séde y · Portugal hi– cieron un Concordato y un Acuerdo Misional, según los cuales se rigen las misiones dél "Padroado'; portugués. Por tanto, esas misiones dependen de la Congregación de Negocios Eclesiásticos.Extraordinarios, según los pac– tos menciona.dos. Las -demás Congregaciones romanas tienen sólo una competencia indirecta en las misiones, .según las normas del -derecho canónico. 11. Organización central canónico~misionera. Curia romana S . P. . tffº . )· Jefe supremo de toda la umo on me. ...... ... I 1 .. · · · g esia. /'- /, . i) Compete~cia misio-} S. · '.~- de Propaganda nera directa ..... / Jiide. b) Competencia misio– nera indirecta o parcial ............. S•. C. · del Santo Oficio. S. C. Oriental. S. C. de ·Sacramentos. S. O. de Religiosos. S. C. de Ritos. S. C. de Negocios Ecle– siásticos Extraor– dinarios. S. C. de .Seminarios y Universidades. S. Penitenciaría. Signatura Apostólica. ·S. Rota Romana. · · Cancillería Apostólica. Secretaría, . de Estado. (2) Cfr. Anuario Pont., 1957, ipág; 95~i 4

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