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El Colegio o cuerpo episcopal, por su parte, no tiene autoridad si no se considera incluido el Romano Pontífice, sucesor de Pedro, como cabeza del mismo, quedando siempre a salvo el poder primacial de éste tanto sobre los pastores como sobre los fieles. Porque el Pontífice Romano tiene, en virtud de su cargo de Vicario de Cristo y Pastor de toda la Iglesia, potestad plena, suprema y universal sobre la Iglesia, que puede siempre ejercer libremente. En cambio, el orden de los obispos, que sucede en el magisterio y en el régimen pastoral al colegio apostólico, y en quien perdura continuamente el cuerpo apostó– lico, junto con su Cabeza, el Romano Pontífice, y nunca sin esta cabeza, es también sujeto de Ja ,suprema y plena pote~tad sobre Ja universal Iglesia, potestad que no puede ejercitarse, sino con el consentimiento del Romano Pontífice. El Señor puso tan sólo a Simón como roca y portador de las llaves de la Iglesia (Mt 16, 18-19) y le constituyó Pastor de toda la grey (cfr. Jn 21, lSss); pero el oficio que dio a Pedro de atar y desatar, consta que lo dio también al colegio de los apóstoles unido con su cabeza (Mt 18, 18; 28, 16-20). Este colegio expresa la variedad y universalidad del Pueblo de Dios en cuanto está compuesto de muchos; y la unidad de la grey de Cristo, en cuanto está agrupado bajo una sola cabeza. Dentro de este colegio, los obispos, guardando fielmente el primado y principado de su Cabeza, gozan de su potestad propia en bien no sólo de sus propios fieles, sino incluso de toda la Iglesia, mientras el Espíritu Santo robustece sin cesar su estructura orgánica y su concordia. La potestad suprema que este colegio posee sobre la Iglesia universal se ejercita de modo solemne en el Concilio Ecuménico. No puede haber Concilio Ecuménico que no sea aprobado o al menos aceptado como tal por el sucesor de Pedro. Y es pre– rrogativa del Romano Pontífice convocar estos Concilios Ecuménicos, presidirlos y confirmarlos. Esta misma potestad colegial puede ser ejercitada por obispos disper– sos por el mundo a una con el Papa, con tal que la Cabeza del colegio los llame a una acción colegial, o por lo menos apruebe la acción unida de ellos o la acepte libremente para que sea un verdadero acto colegial. (Conc. Vat. II, Constitución dogmática sobre la Iglesia). Testimonio de un convertido Hoy soy católico con pleno derecho y con profunda convicción; y con ello quiero decir que estoy totalmente cierto de que la Iglesia Católica es la única Iglesia verda– dera y que estoy pronto a reconocer esta verdad frente a cualquier prueba. La demostración es simple: O se cree en la Sagrada Escritura o no se cree. No existe una tercera posibilidad. Si se cree, todas las teorías de Lutero y de las infi– nitas sectas protestantes caen por sí solas una vez examinadas con ojo crítico. Quien por el contrario no crea en la Sagrada Escritura no puede ser considerado cristiano. Esta misma y simplicísima consideración se puede repetir respecto de la tradición eclesiástica, es decir de todas las enseñanzas que nos vienen de los hombres que vieron a Cristo y oyeron sus palabras, o fueron informados directamente de tales testimonios. A mi parecer ningún cristiano puede tener en menos esta tradición. (Dr. Alfredo Bilmanis, diplomático). 34 ~EJERCICIOS l. Reflexiona sobre el origen y razones de los poderes de la Iglesia. 2. Haz un esquema de la lectura acerca de la «colegialidad epis– copal».

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