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LAS l\USIO:-;-Es EN CHIXA te a Roma, donde causó tanta extrañeza la conducta del p. Nobili, que el mismo cardenal Belarmino se creyó obligado a escribir a su sobrino una carta, donde le reprendía severamente. El Papa Gregorio XY prohibió al P. N obili seguir permitiendo aquellos ritos; p~ro, habiendo ido éste en persona a la Ciudad Eterna, <lió tales razones en su descargo que, no sólo logr<'i n·ivindicar su persona, sino que obtuvo una Bula dt·l mismo Gregorio XY ! 1621-1623) ron frcha del 31 dt· t•1H:ro de 1623, rn que le daba la razón. Los sucesores de N obili parece que fut•ron más lejos en sus concesiones a los brahmanes, por lo que los misioneros capuchi– nos d · Pondichery se creyeron obligados a denunciarlos a Roma, dondt• estudiada detenidamente la cuestión por los Papas Cle– mente XI (1700-1721), Benedicto XIII (1724-1730), Clemente XII (1730-1740) y Benedicto XIV (1740-1758), dt·cidieron prohibir ra– dicalmt•nte dichos ritos, que ciertamente habían degenerado en supersticiosos (3). 5~6. Misiones en otras regiones del Asia. El cr1st1anismo se empe,:ó a propagar en Indochina por los sacerdotes que acom– paña?)an las naves portuguesas en el siglo XVI. Las misiones ver– daderas empezaron con la llegada de los jesuítas en 1615. En tal t'mpn•sa se sPñalaron, entre otros, el P:· Alejandro Rbodes, el 1·nnl. despu(;S de h:ilwr pasado algunos zu11Js t·n Cor-!1inchina, pasó al Tnnkín, donde nhtuvo graneles resultados. A este celoso após– tol de los annamita, se debe la idea de la fundación de las l\lisio- 11, s Extranjeras ele París (4). Los dominicos españoles evange– lizaron una parte del Tonkín desde t·I 1693, cuyas misiones cons– rituwn una dt' las glorias de la provincia dominica del Santo Rosario. En la segunda mitad del siglo xv1 se encuentran misioneros franciscanos en Bimwnia, Annam, Cuchínchi11a, Camboja y en las lslas ]\:Iol11cas, Célebes, Borneo, Sumatra, Java v otras. En toda'i estas regiorws se distinguieron cPlebres mision~ros, princi– palmente españoles y portugueses, cuyas vidas no podemos narrar aquí (5). (3) AcPrca <le la cuestión de los ritos, téngans,, presPnte las vigentes decla– raciones de la S. Serle>. Cfr. . 4ct. Ap. Ser! .. Ul36. t, XXVIII, p. 406-409; 1940, t. XXXII, p. 24-26, 379. . (4) Cfr. Guilla 1/1 !11 Hius. Catt .• p. 157. (5) Cfr. LE~IE?;s, o C., p. 107-121

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