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144 SLTléTOS DEL DE:BEH MISIONAL dar a los Obispos en su sublime ministerio. El sacerdote, en vir– tud de la ordenacit'.m, es el continuador de la misión de Jesucristo, t:I que debe difundir su doctrina y distrihl!ir sus gracias; por tan– to, es neu:sario que tenga ardiente celo de la salYac1ón de todas las almas redimidas por la sangre de Cristo. No dt"be existir nin– gún eclesiástico que no tenga interés y celo por las misiones cató– licas, medio ordinario para establecer la Iglesia y aplicar los frutos de la Redt 0 nción (20). 182. 4. El deber misional en los religiosos.--Las Ordenes, Institutos y Suciedades religiosas tiL:nen también sus deberes acer– ca de las misiones ..\unque la vida religiosa no se ordena, de por sí, directamente a la propagación de la fe; sin embargo, ella con– tribuye a que las personas que la profesan se hallen en un estado favorable al desempc11u del deber misinnal, con el trabajo dec– tiYu misional, si son de -vida aéti\·a u mixta; cun el sacrificio y la uraciún, si de Yida cunternplatiYa. En cuanto a la ubligaci<'m ele ir a las misiones t·xtranjcras ,;e deben kner preSL'ntes las respectivas kg·isbci()nes: l) Ilay Or– dent·s L' l nst itutos en los cualt·s la legislaciún nt, habla de las mi– siont·s; en este caso los superiores no pueden, gern:ralmentc, ohli– ¡~·ar a sus subditns, ¡wrn ¡rneden t'IlYÍar, ohst·ffaclas las deliid:1s conJiciones, :1 los q1w es¡mntúneamente se ofrecen. 2) Hay otrns Institutos en los cuales las misiones entn· los acatúlicos se entlll1l'·· ran cumo una de tantas otras obras o fines, sin que se oblig·ue par– ticularnwnle a cada uno de los miembros. En este caso lus supe– riun·s nu delH'.11 e1ffiar a los que nit"gan o rehusan; ¡H'ro d< 0 lwn procurar pur tudos lus meclius co11venient1·s que ha\ ;1 sil'mprt' un número suticienl<' el(' [lt'rsonal dispw 0 slo parad apostoladu misio– nero. 3) l·by olrn t'Sj)<Tit' d<' lnstitul1i 0 ;, cuyo !in específico snn las misiones t·xtranj<'ras; o, por lo nwnos, l'S uno d<' tan tu;, li1w,, que se propone, para cuya realizacii'.m ningún miembro del I nstitutu se excluye. Los t¡lll' abrazan t:sos Institutos quedan obligados a prestar sus servicios a las misiones en conformidad con la propia lt,gislación, que librl'rnrnte han prnml'ticlo obseryar. 4) Se dan también Sociedades misionales del cl,·ro secular, que no hacen Yotos n·lig·iosos, ¡wrn se obligan con jurc1111entn a s1Tvir las misio- (20) En otras partPs dp PSt<' libro tr3tarPmos de la Fnión Misional del Clero; del n1odo <lP fnrrnarst- la crinciPncia n1isionera, de la nef'Psida(l dt• la eiencia de las rnisiones para los sacerdotPS', y del modo de infundir el t:•spíritu misional en los fieles.

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