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72 DR, P. PÍO M,ª DE MONDREílANES, O, F, M, CAP, vidual, familiar y social, y cuyos principios son los fun– damentos de todas las obligaciones y derechos, de todos los códigos y constituciones. Estas normas inmutables de la humana razón, refle– xiones prismáticas de la luz increada, no son más que el querer divino que se nos promulga e intima por la luz natural. Es el pensamiento de Dios para formar el pensamiento del hombre; la razón de Dios para ilustrar la razón del hombre; la voluntad de Dios para dirigir las acciones humanas; Dios sapientísimo, enseñando; el hombre ignorante, aprendiendo; en aquélla, la potestad de mandar; en éste, el deber de obedecer. "Esta ley-dice Dios por el Profeta Jeremías-la daré a todos los hombre, la pondré en su seno y la escribir{> en lo más íntimo de sus corazones" (1) para que, aun las gentes que no lograron conocer la luz esplendorosa de Ja revelación divina, den testimonio de su existencia y obligación, de tal manera que sean inexcusables, según expresión del Apóstol. El grito de la conciencia individual, el unánime sentir de todos los pueblos, de todas las razas, de todas las civilizaciones en el decurso de los siglos, son pruebas fe– hacientes q.e la existencia de un Dios legislador que nos impera, obliga y constriñe a conformar nuestra conducta interna y externa con el criterio objetivo y trascendental de la moralidad. Pero la triste realidad histórica nos enseña que la luz ingénita de la inteligencia se fué obscureciendo, la voluntad, recta y ordenada, se debilitó por el poder de (1) Jrrem. XX.XI, 33.

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