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pertenecer exclus,ivamente a este o aquel pueblo y tampoco a un pueblo más ya otros pueblos menos, sino a todos por igual. Es Madres, y por– tanto, no es ni puede ser extranjera en ningun lugar; ella vive, a lo menos por su naturaleza debe vivir en todos los pueblos » (5). En Fidei donum afiade: « La catolicidad es la principal nota de la Iglesia verdadera; hasta el punto de que el cristiano no se adhiere y se vincula en lo más mínimo a la Iglesia, si no se siente igualmente adherido y vinculado a la uni\'ersalidad de los rieles, y si no desea igualmente con ardor que la misma eche raíces y florezca en todos los lugares de Ja ,tierm » (ª). Al mismo tiempo que es universal es también una e indivisible. La Iglesia es un todo individual, porque Cristo con su Iglesfa es el totus Christus de S. Augustín. El Cristo completo. Según el S. Doctor sig– nifica la unidad indivisible de la Cabeza y del cuerpo in plenitudine Ecclesiae en aquella plenitud de vida de la Iglesia que une todas las zonas y todos los ,tiempos de la humanidad redimida sin excepciones (7). Nacionalismos exagerados. Una cuestión que tiene mucha relación con las misiones y que es de actualidad, toca también el Papa Pio XII; es el nacionalismo exagerado que se despierta en muchas regiones del mundo. la Iglesia es para todos los hombres y para todas las naciones, no üene fronteras ni límites; pero en la práctica no siempre se 1'e con– cede una universalidad mundial y se des•ea o trabaja por hacerla nacio– nal. No hay Iglesia africana, japonesa, europea, indiana, americana, chi,na... Hay una sola Iglesia universal instituída por Jesucristo para todos los hombres sin distinción de razas o de continentes. Creo en una Iglesia católica, apostólica y romana. Una sola fe, un solo bautismo, única Iglesia, único Pontífice Supremo, única arca de salvación. Pío XII ha manifestado en diversas ocasiones estos prindpios y las relaciones que las naoiones denen con este Imperio Universal de Cristo Redentor. En el Mensaje Na,talicio de 1939 decía: « Un postulado fun– damental de paz justa y honrada es asegurar el derecho a la vida y a Ja independencia ele todas las nacioll'es, grandes y pequeñas, poderosas y débiles. La voluntad de vivir de una nación no debe jamás equiva'1er a la sentencia de muerte para otra. Cuando esta igualdad de derechos se destruya, se ofenda o se ponga en peligro, el orden jurídico exüge una reparaciín, cuya medida o exten:sión no debe ser det,erminada por la (5) AAS., 1946, t. 38, 18-19. ( 6 ) AAS., 1957, t. 49, pág. 237. (7) AAS., 1946, t. 38, pág. 18.

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