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LA DIVINA PROVIDENCIA 255 gencia de justicia. Se debe el premio al acto solo por una cierta liberalidad o congl'llencia. El objeto del mérito de condigno por razón del agenk puede ser la r,emisión de los pecados veniales, el aumento de la gracia santificante, la vida eterna y aumento de gloria. De congrllo otras gracias y auxilios que el agente ¡me– de merecer para sí mismo o para otros. Las condiciones para merecer de condigno son que la persona sea viandante, obre. libremente, que esté en gracia santificante y que sea para si mismo. De parte de la obra: que sea moralmente buena, sobrenatural, es decir, que s-e haga con el auxilio de la gracia actual. De parte de Dios, que haya promesa del premio por tal obra. Para merecer de congruo existen las mismas condicio– nes, exoepto el estado de gracia del agente que merece y la promesa ciierta de Dios. El mérito de condigno supone la promesa divina de una recompensa dad:a por una obra buena. Dios no ha prome• tido jamás la perseverancia final o la preservación del pe– cado a los que, por un tiempo más o menos largo, obser– ven sus mandamientos y cumplan c0n sus deberes respec– tivos. La perseverancia final o la buena muerte consiste pre– crnamem.te en esto; que el alma persevere en gracia santi– ficante observando todos los preceptos graves hasta la muer– le o momento de expirar. Si el principio del mérito, o sea, la primera produccióf!. de la gracia, no se puede merecer, tampoco la conservadón de la misma, que no es otra cosa que la continuación de la primera... Luego podemos decir que es la misericordia divina la que nos ha colocado en gracia, no la justicia. ¿Se puede mereeer de congJ',llO? Los teólogos discuten si la perseverancia fi:nal puede ser objeto del mérito de con• gruo, fundado, no sobre la justicia, sino sobre la caridad que une con Dios in irire amicabili. Se apoya sobre los de•

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