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70. Fuente'S.-a) Fuentes juris constituendi son: la Sagrada Escritura, los Sumos Pontífices, los Concilios Ecuménicos, las Congregaciones Romanas, las costum– bres, los Concilios Plenarios, los Sínodos diocesanos, Or– dinarios, etc. b) Fuentes juris cognoscendi: Período an– tiguo: desde los tiempos apostólicos hasta la Propagan– da (1622\. Período nuevo: desde 1622 a 1908, en que fue publicada la Constitución Sapienti Consilio. Perío– do novísimo: desde 1908 hasta nuestros días. 7·1. Literatura.-La literatura del derecho misio– nal puede dividirse en cuatro categorías: a) Los anti– guos canonistas y decretistas; b) los escolásticos de la Edad Media; c) los canonistas y juristas españoles y portugueses en la época de los descubrimientos; d) los misionólogos de los siglos XVI y XV~I; e) otros escri– tores de tiempos más recientes, principalmente las nu– merosas publicaciones después del Código :_ 1917). 72. Método de estudio.-Se pueden seguir dos lllt'todos: lo. El primero consiste en ir comentando todo el Código de derecho canónico y, según la oportunidad, explicar los cánones que se rdiercn a las misiones. El segundu ¡;refiere exponer sistemáticamente las partes y cúnones que específicamente se refieren a las misio– nes, usando del derecho común en lo que ,ca necesario. 73. Derecho misional particular.-Además de las. leyes comunes a tocios los misioneros, puede haber otras que proceden de Estatutos o Reglas particulares de Or– denes o Institutos religiosos, de Prelados o Sínodos dio– cesanos, cuyas jurisdicciones se limitan a sus respectivos territorios. 59
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