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DÍA V.--<<DIES TRE!\'IORIS ET SPEI» 283 poder remediarlo jamás! «¡Oh alma mía!, excla– ma S. Buenaventura, terrible es la pena del fuego, pero es mucho mayor el terror que causa el con– siderar la separación eterna de la Beatísima Tri– nidad. Ser excluido de los bienes eternos que Dios preparó para los que le aman, causa tanto tormen– to, que, aunque exterlormente no existiese otra pe– na, esa sóla bastaría para sufrir un sinnúmero de llamas, antes que ver airada la mansísima faz de Cristo y estar separados eternamente de Él» (33). Aunque se juntasen mil infiernos de fuego, nun– ca podrán igualar a la pena de daño; más lamen– tani. el condenado el bien perdido que el fuego merecido. Si S. Pab:o dijo de los bienaventurados que ni ojo vió, ni oído oyó, ni inteligencia com– prendió lo que Dios les tiene preparado (34). las mismas palabras podemos aplicar también en sentido contrario a los condenados. Ni ojo vió, ni oído oyó, ni inteligencia humana puede compren– der, ni lengua expresar, los tormentos, los dolores, las angustias, la desesperación que está reserva– da para los condenados ... ID Pena de sentido. Se da el nombre de pena de sentido a esta se– gunda clase de sufrimientos de los condenados, porque proceden de objetos materiales sensibles que obran como instrumentos de la divina jus– ticia. Dios se servirá de las criaturas para infli– gir a los condenados diversidad de tormentos rea– les y positivos. Esos suplicios se aplican primera– mente a los demonios y a las almas separadas antes de su unión con el cuerpo. Después de la resurrección fi:1al serán aplicados a los cuerpos juntamente con las almas. Las dos partes del hombre que fueron cómplices y participantes en la culpa: lo serán también en las penas. Esas pe- (33í Soliloq. cap. III, púrra.f. III, u. 9, t. VIII, p. 55. (34) Oc-uluJ non vidit, nec auris audivit, nec in cor hominis ascendit, quae praeparavit Deus iis, qui diliount illmn. I Cor., II, 9.

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