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678 APÉNDICES desde el momento en que haya sido acep– tada y recibida la donación. 30. Son socios honorarios los Reveren– dísimos Prelados que se hayan adherido ,a la Unión Misional. 31. A cada socio no colectivo le ¡;erá entregada rpor el respectivo Director Dio– cesano una cé<lula de agregación y ten– drá derecho a recibir individualmente el órgano oficial de la Unión. CAPITULO VII EL ÓRGANO OFICIAL, 32. El órgano oficial de la Unión Mi– sional, llamado Illuminare, aparece en cir– cunstancias normales bimestralmente, y tiene por fin contribuir a la formación misional de los socios y ofrecerles orien– taciones, datos, informes y materiales de predicación y propaganda, para ayudarles a cumplir con los fines de la institución. No es una revista popular de Misiones, sino una ,publicación especializada pada el Clero. 33. Se remitirá -gratis a todos los socios que abonen regularmente su cuota como tales. 34. Podrán suscribirse excepcionalmen– te a !!!u.minare las personas e institucio– nes que no estén inscritas en la Unión Misional, si lo solicitan con fines de es– tudio y contribuyen al sostenimiento de dicha Unión con la misma cuota que los socios ordinarios. CAPITULO VIII FAVORES ESPIRITUALES Y SUFRAGIOS. 35. Los socios de la Unión Misional del Clero gozan de los favores espirituales otorgados especialmente a ellos por la Santa Sede. Por concesión de importantes Institutos misioneros tienen también participación en los méritos espirituales de los misione– ros dependientes de ellos. 36. Todos los meses la Dirección Na– cional mandará celebrar una Misa por los socios vivos y difuntos. 37. Se aprovechará cada año la opor– tunidad que ofrezca la concurrencia de numerosos consocios al Congreso Nacio– nal, a la Asamblea del Consejo Nacional o a otras reuniones importantes pnra ce– lebrar un solemne oficio de difuntoo por todos loo socios fallecidos. CAPITULO IX 38. Dejan de pertenecer a la Unión Mi– sional, además de los fallecidos, los que manifiestan formalmente su voluntad de no colaborar a los fines propios de la mis– ma o de no abonar, aun pudiendo hacer– lo, su cuota de socio. APROBACION DEL E.1V!INENTISL'YIO Y REVERENDlSIMO SENOR CARDENAL ARZOBISPO DE TOLEDO, PRIMADO DE cESPANA, DR. D. ISIDRO GOMA Y TO– MAS, PRESIDENTE NACIONAIL DE LA UNION MISIONAL D•EL CLERO DE ESPAÑA «Aprobamos y ratificamos, como Presi– dente Nacional de la Unión Misional del Clero de España, el nuevo Reglamento de la misma, estudiado cuidadosamente y aprobado por unanimidad en la Asam– blea del Consejo Nacional de dicha Unión, convocada por Nos y celebrada reglamen– tariamente los días 16 y 17 de abril del corriente año de 1940, en nuestro Palacio de Cruzada de Madrid. Madrid, 24 de abril de 1940.-I. CARDENAL GoMÁ, Arzobispo de Toledo.» APROB!ACION DEL SECRETARIADO IN– TERNACIONAL DE LA UNION MISIO– NAL DEL CLERO En conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, letra g), de los vigentes Esta– tutos Generales de la Unión Misional del Clero, fué presentado al Secretariado In– ternacional de Propaganda Fide el prece– dente Reglamento de !a Unión Misiona! del Clero de España, y el Secretario Ge– neral, Rvdmo. P. Pablo Manna, comunicó al señor Director Nacional la correspon– diente aprobación con fecha 8 de mayo del presente año 1940. «Ha sido leído--dice-y estudiado aten– tamente el «Reglamento de la Unión Mi– siona! de! Clero de España», de! cual V. S. Rvdma. se ha seruido enuiarnos co– pia, y ha sido hal!ado en todo conforme a los Estatutos Generales, ,isí como apto para favorec2r e! mayor desarrollo de la Asociación en la Nación.» No contento con esta aprobación, el re– verendísimo señor Secretario añade los siguientes juicios y augurios, que le agra– decernos de todo corazón: «Al mismo tiempo que me congratulo vivamente con V. S. Rudma. y con todos !os miembros det Venerable Comejo 1,or et óptimo trabajo rea!i:ado, auguro que,

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