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676 APÉNDICES CAPITULO III EL DIRECTOR NACIONAL, 11. :El Director Nacional desempeña las funciones de poder ejecutivo de la Unión Misional para promover y dirigir todo Jo que concierne a las actividades y progre– so de la Unión en toda la nación, confor– me a las normas acordadas por el Consejo. 12. Son funciones del Director Nacio– nal: A) dirigir la propaganda hablada y escrita en favor de la Unión Misional en– tre los sacerdotes y alumnos de Teología ; B) dirigir el Boletín Oficial de la Unión para los socios de toda la nación; C) or– ganizar oportunamente reuniones del Cle– ro en diversas regiones, para crear am– biente favorable en pro de las Misiones; D) asistir, dentro de lo posible, a las asambleas diocesanas y otras reuniones importantes del Clero, con el beneplácito del Ordinario, para fomentar la coordi– nación de actividades y procedimientos en los diversos sectores de la Unión Misio– nal; E) archivar y ordenar Jas Memorias y Balances que, según el articulo 33 de los Estatutos Generales, deben en\'iar a principio de cada año los Directores Dio– cesanos, para ser ·presentados al Consejo Nacional; F) publicar anualmente un re– sumen de las Memorias y Balances pre– ~entados al Consejo Nacional por los Di– rectores Diocesanos; C) conservar el li– bro de actas de las sesiones del Consejo Nacional, debidamente aprobadas y fir– madas por el Presidente y Secretario del mismo; H) presentar ante el Congreso Nacional de la Unión, que se debe reunir por lo menos cada cinco años, un informe sobre la marcha general de la Unión en el período precedente, y el Balance eco– nómico de la misma en el orden nacional. 13. El Director Nacional tendrá a sus órdenes un Secretariado Nacional, encar– gado rprincipalmente de la administración general de la Unión Misional, de su Bole– tín Oficial I!luminare y de todas sus pu– blicaciones. La dirección del Secretariado será con– fiada a un Secretario General, nombrado por el Presidente de la Unión Misional. El personal auxiliar que hubiere de se– cundar al Secretariado en sus labores ad– ministrativas será designado rpor el Direc– tor Nacional. CAPITULO IV EL CONSEJO DIOCESANO. 14. Corresponde al Ordinario designar los miembros del Consejo Diocesano de la Unión Misional del Clero por el tiemDO que fuere de su beneplácito. · 15. El Consejo Diocesano está formado por los siguientes miembros: A) el Direc– tor Diocesano, que lo preside; B) los Di– rectores Diocesanos de las Obras Misiona– les Pontificias, para 1irocurar la mayor coordinación posible entre las diversas actividades misionales de la Diócesis; C) los sacerdotes que el Ordinario juzgue conveniente agregar a los anteriores, por su celo y preparación para promover el movimiento misional, entre los sacerdo– tes y alumnos de Teología de ambos Cleros. 16. El Consejo Diocesano elegirá de su seno un Secretario y un Tesorero, con las funciones connaturales de estos car– gos y las que concretamente les señale el Director Diocesano, en el beneplácito pre– vio del Ordinario. 17. Son funciones del Consejo Diocesa– no: A) promover en la Diócesis el flore– cimiento de la Unión Misional, asesorando en este orden al Director Diocesano ; B) procurar que todos los sacerdotes y alumnos de Teología se inscriban en la Unión .'.Vlisional; C) estudiar los medios ,prácticos para que los socios de la Dióce– sis tomen ·parte activa en el movimiento misional, conforme a la letra y esniritu de los Estatutos Generales. · 18. El Consejo Diocesano celebra sesio– nes ordinarias dos veces al año, y extra– ordinarias cuantas \'eces lo juzgue oportu– no el Director Diocesano. 19. La sede del Consejo Diocesano será señalada por el Director Diocesano, con el beneplácito del Ordinario. CAPITULO V EL DIRECTOR DIOCESAXO, 20. 'El Director Diocesano c!esempefia las funciones del poder ejecutivo de !a Unión l\1Jsional Diocesana, bajo la ornní– moda dependencia del Ordinario, para pro– n1over y dirigir todo lo que concierne a las actividades y progresos de la Unión en toda la Diócesis. 21. Son funciones principales del Di– rector Diocesano: A) organizar, por lo rnenos cada dos afios, los Congresos Dio– cesanos de la Unión :'.Vlisional del Clero, y convocar los Congresos extraordinarios que juzgue convenientes, después de oír el parecer del Consejo Diocesano y obte– ner el bcmeplácito del Ordinario; B) apro– ,·echar las reuniones del Clero con oca– Gión de los Ejercicios Espirituales, retiros men.suales, conferencias arciprestales, con– centraciones comarcales, etc.. para fo– mentar entre los sacerdotes el espíritu misional; C) promover la cultura misio– nal del Clero y de los alumnos de Teolo-

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