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666 APÉNDICES INDULGENCIAS CONCEDIDAS A LA OBRA DE LA SANTA INFANCIA por Los Sumos Pontífices Gregario XVI, Pío IX y León XIII, en sus Rescrip– tos de 17 de marzo y 2 de mayo de 1846, de 10 de enero de 1847, de 12 de enero de 1851, d-e 6 de abril de 1856, de 20 de marzo de 1870 y de 15 de julio de 1882 (1). !.-Indulgencias plenarias. 1.0 Indulgencia plenaria a los socios que asistieren, entre Navidad y la Puri– fioación, a una Misa celebrada por to– dos los socios vivos. 2.0 Indu'.gencia plenaria a los socios que asistieren, entre el segundo domingo después de Pascua y fin del mes de Ma– ría, a una Misa celebrada por los socios difuntos. ,En cada una de estas Misas, los miem– bros de la Obra deben rogar por Los so– cios vivos y difuntos. 3.o Indulgencia plenaria en Las fiestas de Los patronos de la Obra, a saber: de la Presentación de la Santísima Virgen, de los Santos Angeles Custodios, de San José, de San Francisco Javier y de San Vicente de Paúl, bajo la condición pres– crita por el Sumo Pontífice de rogar por el aumento de !a Obra de la Santa In– fancia. Las tres indulgencias antes citadas pue– den ser trasladadas por los señores Obis– pos, y con el competente permiso de és– tos, por los curas párrocos y directores de la Obra, a otros meses y días que juz– guen de mayor utilidad. 4.o Indulgencia plenaria (mediante las condiciones ordinarias) y una ,visita a la Iglesia parroquial el d:a de! aniversario de! bautismo de todos y cada uno de los celadores y celadoras, colectores, colec– toras, directores y directoras de la Santa Infancia, tanto en favor de los referidos miembros cuanto en favor de sus padres y hermanos. II.-Indulgencias parciales. 1.0 Indulgencia de siete años a todos los socioo que reciban en las fiestas y asambleas generales de la Obra la ben– dición solemne, siempre que se dé con– forme a la fórmula especial que se pu– blica en el presente Reglamento. 2.o, Indulgencia de un año a los miem– bros de los Consejoo y Comités de ia (1) El texto de los rescriptos que se ci– tan se encuentran en los Anales franceses números 3, 18, 50, 134 y 208. Obra establecidos ya, o que se estable– cieren en lo sucesivo en cualquier punto que sea, cada vez que asistieren a las reuniones de estos Consejos o Comités. 3. 0 Indulgencia cotidiana de cien días a todos los miembros de la Santa Infan– cia que, siendo jefes de serie, o procu– rando serlo, rezaren las oraciones de la Obra. 4.o Indulgencia de cien días a los ni– ños y demás miembros de la Obra que, ya sea el día de la fiesta de la Natividad, o bien otro cualquiera de los del tiempo consagrado a honrar la infancia del Sal– vador, rezaren por segunda vez las ora– ciones prescritas e hicieren el mismo día a la Obra, a manera de Aguinaldos al Ni71o Jesús, una ofrenda cualquiera, por pequeña que sea, doblando, por ejemplo, la ofrenda mensual. Se concede igual– mente esta misma indulgenda a los que no son miembros de La Obra, con tal que, haciendo la ofrenda indicada uno de los días arriba mencionados, rezaren las ora– ciones de la Asociación. 5.o Indulgencia de cuarenta días a cada uno de los socios y a todas las ner– sonas que se ocuparen de la Obra; de cualquier modo que sea, todas las veces que, por acciones o por palabras, se apli– caren a aumentar, favorecer o defender la piadosa Asociación y a procurar por ella el amor del Niño Jesús y la salva– ción de las almas. ADVERTENCIA Varios Obispos, deseosos de dar mayor impulso a la Obra de la Santa Infancia en sus diócesis, se han dignado aplicar indulgencias a ciertos actos de celo y de piedad, dentro de los límites que les marca la disciplina de la Ie;lesia. Nues– tros asociados se informarán de estas concesiones, cada uno en su diócesis res– pecth•a. NOTA Todas e-stas indulgencias las pueden ga– nar, como la plenaria del jubileo, los ni– ños que no hayan hecho aún su primera comunión. A este efecto, les dispensa el
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