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318 P. II.-MISIONOLOGÍA JURÍDICA ¿Cuándo se puede decir que la Iglesia está perfectamente or– ganizada? El criterio nos lo da la Sagrada Congregación de Pro– paganda Fide cuando dice: «Sólo entonces se puede decir que la Iglesia está fundada en una región, cuando pueda allí regirse por sí misma, con iglesias propias, con clero nativo del lugar, con me– dios propios; en una palabra, cuando no dependa más que de sí misma» (25). Hemos de observar que el fin específico no excluye los otros fines superiores genérico y supremo; antes bien, se or– dena a su consecución, porque se establece la Iglesia católica en un lugar con el preciso y determinado fin de proporcionar a los hombres el medio ordinario de la salvación, a fin de que puedan conseguir su eterna felicidad y glorificar a Dios, que les creó y redimió. Anteriormente hemos expuesto (págs. 141-149) las diversas opi– niones de los autores acerca de la salvación de los infieles. Es muy cierto que Dios puede salvarlos por los medios que quiera e in– tervenir milagrosamente en mil variadas formas; pero el medio ordinario, normal y seguro, en la presente economía, es la Iglesia, continuadora de la obra del Salvador y depositaria de su gracia y de su doctrina. El fin específico e inmediato de las misiones ex– tranjeras o del apostolado entre los acatólicos es hacer que el me– dio ordinario de salvación sea universal y accesible a todos los hombres. Todos los otros medios extraordinarios, por los cuales Dios quiera salvar a los infieles, son en la presente economía me– dios supletorios, de los cuales Dios puede disponer de potencia absoluta, pero que a nosotros no nos constan con certeza por la Revelación. En el presente orden de cosas no podemos saber con certeza si Dios quiere o no usar de esos medios extraordinarios para la salvación; si quiere intervenir milagrosamente o no; cuándo y cómo obra prodigiosamente; si el número de los infieles que se salvan es grande o pequeño. Sabemos, sin embargo, por el dogma y la tradición, que el medio ordinario y seguro, para los que quie– ran usar de él, es entrar en el arca de salvación, es pertenecer a la Iglesia de Cristo, extra quam nuila salus. Luego concluímos que el fin específico de las misiones es Plantatio Ecclesiae. En po– cas palabras resolvió Pío XI esta cuestión cuando dijo: «Quorsum, quaesumus, sacrae missiones pertinent, nisi ut in tanta immen– sitate locorum Ecclesia Christi instituatur ac stabiliatur... ?» (26). (25) Decreto de la s. C. de P. F'ide del 20 de mayo de 1923, Act. Ap. Sed., 1923, t. XV, p. 370. (26) Cfr. Rerum Ecclesiae, Act. Ap. Sed., 1926, t. XVIII, cp. 74.
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