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208 P. II.-MISIONOLOGÍA JURÍDICA prefecto hasta que b Santa Sede no haya dispuesto otra cosa. Estos sucesores de los titulares deben elegir otro que les suceda e informar de todo a la Santa Sede. Quien gobierna un Vicariato o una Prefectura debe permanecer en el gobierno, aunque haya caducado el tiempo, hasta que el sucesor legítimo no haya tomado posesión de sn cargo. Véanse los cánones 309-311. Todas estas disposiciones son sapientísimas, a fin de que la misión no perma– nezca sin prelado que la gobierne. 269. Cuasi-Parroquias. - Para la cura de almas más intensa, donde es posible, se manda dividir el Vicariato o la Prefectura en distintas zonas territoriales. Si a tales zonas se determina un sacerdote para regirlas, toman el nombre de cuasi-parroquias (ca– non 216). El cuasi-párroco está obligado a aplicar la misa pro populo ( can. 306). 270. Abadías ((Nullius».-Son territorios separados de la dió– cesis, regidos por un Abad o Prelado Nullius. La Abadía que no consta, por lo menos, de tres parroquias se gobierna por derecho especial, y no se le pueden aplicar los cánones que se establecen para las Abadías Nullius. Los Abades Nullius se nombran por el Romano Pontífice, salvo el derecho de elección o presentación. Deben tener las mismas cualidades que se requieren en los Obis– pos. Véanse los cánones 319-327. 271. Misión «sui juris».-Por misión suí juris se entiende un territorio independiente confiado a un grupo de misioneros que están bajo la inmediata dependencia de un Superior. En el Có– digo no se habla de él, pero, según la práctica de la Sagrada Con– gregación de Propaganda Fide, se le debe considerar como un verdadero Superior eclesiástico, equiparable a los Vicarios y Pre– fectos Apostólicos en el desempeño de su oficio (26). Estas cris– tiandades incipientes se van desarrollando hasta llegar a los grados superiores de la jerarquía misional (27). Además del Derecho común existen Estatutos especiales para los misioneros de Ordenes o Congregaciones, aprobados general– mente por la Congregación de Propaganda. 272. Relaciones entre los Superiores eclesiásticos y religiosos en los territorios de misión.-La institución de las misiones, a tra- (26) «Nova Ordinarii missionum figura. Superior scilicet missionis independentls, quae in Codice ne quidem nominatur, ex ,praxi tamen S. Congregationis de P. F. tlntro– ducta, eidem Vicarii et Praefecti officio aequiparatur.ll Cfr. S. MASAREI, e Soc. s. Joseph de Mill Hill, De missionwn institutione ae de re!ationilrns ínter superiores missionum et superiores religiosos, pp. 165-168, Romae, 1940. (27) Para conocer la parte estadística de las diversas categorías edesiásticas en los países de misión dependientes de Propaganda Fide pueden consultarse el Annuario Pontificio de 1951 y la publicación de Agencia Fi<les. 1Le Missióni catto!!che dipen– denti dalla Sacra Congregazione de Propaganda Fide, Roma, 1950
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