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CAPITULO II DEL DERECHO MISIONAL RESPECTO A LOS CATOLICOS 254. En este capítulo tratamos del derecho misional que tiene la Iglesia católica con respecto a los súbditos católicos que viven en unión con la Santa Sede Romana. Suele llamarse Derecho misional interno de la Iglesia en cuanto se dirige a las personas que viven en su seno, o también Derecho canónico misional, por– que se contiene en el Código del Derecho canónico vigente. ARTICULO PRIMERO DE LA ORGANIZA.CION MISIONAL DE LA IGLESIA ROMANA ~ I.---EL ROMANO PONTÍFICE. 255. El Vicario de Jesucristo y sucesor de San Pedro en la Sede de Roma tiene el derecho y el deber de propagar la fe y or– ganizar toda la actividad misionera bajo todas sus manifestaciones tanto en las Iglesias ya formadas como en las que se han de for– mar. De él depende, en última instancia, la decisión final en cuanto a los medios y factores que se deben usar. El Jefe Supremo de la Iglesia da aquella unidad e iniciativa a la acción misionera que admiran y no pueden tener los acatólicos. El Pastor Supremo pue– de, si quiere, ocuparse directamente de las cuestiones misionales o misioneras, obrar por medio de la Secretaría de Estado o como mejor le parezca; sin embargo, existen diversos Dicasterios con competencia propia en los asuntos misionales. De ellos hablaremos a continuación y, en primer lugar, del más importante, que es la Congregación pe Propaganda Fide.
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