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144 P. I.-MISIONOLOGfa DOCTRINAL establecido, con voluntad antecedente, los medios generales para la justificación y salvación; mas no los especiales inmediatamente aplicables a todos y cada uno de los hombres, haciendo de este modo de los infieles como una masa de condenados (173). Esta doc– trina es contraria a la bondad, justicia y misericordia de Dios y a la redención universal de Jesucristo. No es conciliable con el axioma teológico que resume el pensamiento tradicional de la Iglesia en esta materia: Facienti quocl est in se, Deus non dene– gat gratiam. Inocencia X condenó como herética la siguiente pro– posición sacada del il1lgustinus de Jansenio: «Es semipelagiano decir que Cristo derramó su sangre y murió por todos» (174). 176. 3.ª Otros autores, principalmente después del siglo xvr, han propuesto otra solución al problema. Dividen todos los hom– bres infieles en dos categorías: buenos y malos. Estos, pecando mortalmente, y muriendo en tal estado se condenan. Los demás se pueden subdividir en dos clases: unos, mejores, que no sólo observan la ley natural, sino que procuran naturalmente, por me– dio de la luz de la razón, orientarse hacia Dios, se esfuerzan en amarle, honrarle y servirle. A éstos, Dios se revelará y les conce– derá la gracia necesaria para la salvación. Otros se sirven de la razón para vivir honestamente, regulándose según los principios y preceptos de la moral natural. Estos tales no pueden condenarse, porque carecen de pecado mortal personal, y han practicado mu– chas obras naturalmente honestas. No pueden tampoco salvarse, porque están privados de la fe y de la gracia santificante que les eleve al estado sobrenatural. ¿ Qué será de ellos? Se les concederá una bienaventuranza natural, en un lugar y en condiciones no muy diversas a las en que se encuentran los niños que mueren sin el bautismo, sería como el limbo de los adultos. Se atribuye esta doctrina a Cl. de Seyssrl O 1520), C. de La Lucerne (t 1821), don Fraysinous (t 1881) y otros (175). La respuesta a esta sentencia es un poco compleja, porque los autores de ella no la presentan siempre con exactitud teológica, ni del mismo modo. Sería necesario examinar y analizar en par– ticular el sentir de cada uno de ellos. En general, podemos decir que es apriorística y que no presentan a su favor sólidas razones y fundamentos teológicos. (173) Esta opinión es consccuEncia de los errores protestantes y jansemstas acerca de la prcdrstinaeión de la gracia. (174) DEXZ-B., Cfr. Tl1AZZFLLA, De Gratia Christi p. 5b7, Romae, 1395; HARENT, o. c., cols. 1730-1736; Lo:--,rnAHDI, o. c., r,:1. 37-38; C. CAnM1:-,AT1, n Proble1na lUissio– nario, 11p. 622-f,24. Bergamo, 1025. (115) Cfr. Lo:..rn,U~DI, o. c., pp. 43-45; c. CAH~,II~.\TI, º· c., pp. G24-G2G; CAPÉRAN, o. c., vol. 2, chap. X, art. III, •pp. 478-492.

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