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los primeros delitos ; pero si el delito fuere continua– do, debe mediar entre una y otra amonestaci6n por lo menos el espacio de tres días (r). 3. º Además de las oportunas exhortaciones, correc– ciones y penitencias, requiérese para la 7_;alidez del proceso que el Superior amenace con la expulsión des– pués •de cada amonestación canónica. 4.º Si aun de$pués de estas dos amonestaciones co– metiere el religioso otro delito o permaneciere contu– maz en el mismo, se le juzga incorregible; pero, antes de seguir adelante en el proceso, es necesario esperar seis días, por lo menos, después de la segunda amones– tación (2). no. Después que el Padre Provincial, cuyo dere– cho es, hubiere ejecutado lo que antecede, que propia– mente no forma. parte del proceso canónico, debe en– viar todas las actas y documentos al Padre General, quien comienza el proceso y ha de sustanciarlo en conformidad con el canon 663 y siguientes del Derecho Canónico. CASOS EXCEPTUADOS III. Puede el Superior Provincial (o el Superior lo– cal con ell 1 consentimiento de sus Discretos si el caso urge), expulsar al religioso sin necesidad de atenerse a las normas expuestas, en los dos casos siguientes (3) : a) ccEn el caso de un grave escándalo exteriorn, es decir, cuando se ha divulgado fuera del convento y no puede de otro modo evitarse, por ejemplo, trasladando al religioso a otra residencia. b) ccCuando a toda la Comunidad amenaza un daño gravísimm¡ : No basta un daño grave, ni tampoco uno gravísimo, pero que sólo amenace a alguno, o algunos religiosos. (r) C. 656, 660. (2) c. 661-662. (3) C. 653 y 668.-Cfr, Coronata, I, n. 652.

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