BCCCAP00000000000000000000611
- 78- SALIDA POR «SECULARIZACION)) 99. El indulto de secularizaci6n, más que al reli– gioso particular, suele favorecer a la Orden a quien gravemente pudiera perjudicar el religioso olvidado de su vocación : Por él queda el religioso completa– mente desligado de la Orden (r). El secularizado debe dejar el hábito ; queda comple– tamente libre de todas las obligaciones nacidas de la Profesi6n religiosa; si de nuevo, por indulto apostóli– co. fuere recibido, tiene que repetir el noviciado y la profesión, aun la temporal, y queda inhábil para todo oficio y prelacía (2). SALIDAS ILEGITIMAS r.º-Apostasía. roo. Es ap6stata el religioso de votos solemnes que saliere del convento sin la debida licencia y con ánimo de no volver a la Orden : También es apóstata quien salió legítimamente, pero después rehusa volver al con– vento para quedar libre de la sujeción religiosa. Este ánimo perverso se presume jurídicamente si en el tér– mino de un mes no vuelve al convento ni comunica al Superior su deseo de volver ,(3). Contra la presunción, sin embargo, está la realidad ; por lo cual, si realmen– te tuvo intención de volver, ni es apóstata ni incurrió en l'as penas decretadas contra los apóstatas, ni, aun– que se las intimen, está obligado a cumplirlas; pero en el foro externo tal vez sí lo esté para evitar el es– cándalo (4). Nótese que para la apostasía se requieren las dos (r) Verm.-Creusen: "Epítome", I, n. 74r.-Buls., n. rro. (2) C. 640.-Constit. n. 48.-Jardí, n. 1037. (3) c. 644. (4) Coronata, I, n. 642.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz