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- 74- 3.ª Como los votos cesaron en el momento de co– menzar el servicio militar, puede el religioso dejar li– bremente a la Orden, y se presume que lo hizo cuan– do por escrito se lo manifestó a los Superiores o a dos testigos fidedignos: Esta comunicación o documento debe conservarse en el archivo. 4.ª A su vez, puede también la Orden, o sea el Pa– dre Provincial, despedirle sin necesidad de atenerse a las normas del canon 647. 5.ª No obligan estas normas a los que pueden cum– plir el servicio militar ejerciendo los sagrados minis– terios en las misiones, o en el mismo ejército bajo la autoridad del Ordinario Castrense, como hasta poco ha sucedía en España. Párrafo 5.º-Salida de la Orden. El religioso puede salir de la Orden: r.º, legítima– mente : a), pasando a otra religión ; b), por la salida libre y espontánea ; c), por indulto de exclaustración y de secularización ; 2. 0 , ilegítiniamente : a), por apos– tasía; b), por fuga; 3.º, puede salir también por dimi– sión o por expulsión. TEXTO : << Y por ninguna manera les será lícito sa– lir de esta religión, según el mandamiento del señor Parpa, porque, según el santo Evangelio, ninguno que pone la mano al arado y mira atrás es apto al reino de Dios.>> 92. Grandemente anhelaba el Seráfico Padre que sus hijos perseverasen en la vocación recibida dando con ello gloria a Dios y lustre a la Orden ; pero no cabe la menor duda de que pueden presentarse casos, y de hecho se dan, en los que el religioso queda total o parcialmente desligado de la Orden,
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