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- 71 - tad: Con sobrada razón, por tanto, la comparan al martirio, y dicen que por ella se le perdona al religio~ so toda la pena temporal debida por sus, pecados ; aun– que no faltan teólogos que sólo a la profesión solemne reconocen esta fuerza expiatoria (r). 88. Los PROFESOS DE VOTOS SIMPLES gozan de to– dos los privilegios de la Orden y están obligados a todas las observancias, exceptuando {micamente el rezo del oficio divino en particular, si no están or– denados «in sacris)). • 2.º Sin necesidad y licencia expresa del Superior, del Local por lo menos, no pueden ser padrinos de bautis1110 o confirmación (C. 766, 4. º). 3.º Mientras perseveren en la Orden quedan en suspenso todos los votos que hubieren emitido antes de la profesión (C. 1.315). Quedan también libres de la potestad paterna y sujetos a la potestad dominati– va de los Superiores (2). 4,º Al año de la profesión vacan todos los benefi– cios parroquial,es; a los tres años, los demás beneficios: Los oficios eclesiásticos, que no son beneficios, vacan en el acto mismo de la profesión, aunque sólo sea la temporal (3). 5.º ((Son ilícitos, pero no inválidos, los ados opues– tos a los votos simples)) (4). 89. Los PROFESOS SOLEMNES son a.póstatas si salie– ren de la Orden ilegítimamente ; pero tampoco, pueden ser expulsados sin proceso canónico (5). Quedan desligados de la incardinación a la dióce– sis (C. ns y 585). In?JáUdamente ponen los actos opuestos a los vo– tos (C. 579). Santo Tomás, 2, 2, q. i89'.-Vermeersch: n. 22r.-Cfr. Bulsano, n. 97, 7.º. Nota. Cfr. Piato, I. pág. I 63. C, 584 Y 188, I, 0 C. 579. c. 644, 65o4. "De Religio-
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