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- 52 - ARTICULO 2.º Dlt LA F,DUCACTÓN Y PROBACIÓN DF, LOS NOVICIOS Cuatro puntos principales hemos de abarcar en este artículo: 1.º, disposiciones acerca de los bienes tem– porales; 2.º. hábito de los novicios; 3.º, requisitos para la validez del año de noviciado; 4.º, del Maes– tro de novicios. Párrafo r. º-Disposiciones acerca de los bienes tem– porales. TEXTO: «Los Ministros les digan las palabras del santo Evangelio, que vayan, y vendan to– das las cosas y procuren darlas ri los po– bres; y si esto no pudieren hacer, básteles La buen.a voluntad. Y guárdense los frailes y sus Ministros de ser soUciios de sus co– sas temporales, para que libremente hagan de sus cosas lo que les inspirare el Señor. Pero, si pidieren consejo, tengan licencia los Ministros de envia.rlos a algunos que teman a Dios, según el conse,io de los cua– les sus bienes sean distribuídos a los po– bres.)) 44. La opinión comunísima de los expositores nun– ca reconoció en las palabras citadas una obligación impuesta a Jos Superiores de que dijesen a los candi– datos, que deseaban ingresar en la Orden, las dichas palabras del santo Evangelio. Hoy es ya cuestión re– suelta que no están obligados porque el Derecho Ca– nónico prohibe hacer la renuncia de los bienes hasta los dos meses anteriores a la profesión solemne, du– rante el cual tiempo las frecuentes lecturas públicas
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