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- 35- pues, este desprecio se extiende a toda la Regla, sin distinción de cosas graves y leves, el pecado es cierta– mente grave; pero no suele pasar de venial cuando sólo alguna que otra vez rehusamos cumplir alguna orde– nación o precepto : Tampoco es más que culpa, leve, a lo sumo, cuando, comparando nuestra legislación con la de otras Ordenes religiosas, no la estimamos cuanto debiéramos por juzgarla inferior en muchos puntos y menos acomodada a los tiempos presentes (r). Síguese de lo dicho en estos dos últimos números que el religioso observante de todas sus obligaciones graves, pero descuidado en Tas que sólo obligan bajo leve, o no obligan a pecado alguno, según la opinión probabilísima y que ya en su tiempo San Alfonso juz– gaba probable, nunca «Per sen peca mortalmente, aun~ que todas esas transgresiones sean directamente vo– luntarias (2); pero sí puede pecar gravemente <<Per accidensn, o sea por razón del escándalo que dé o del peligro próximo de perderse a que puede llegar. ARTICULO 2. 0 DE LA OBEDIENCIA Y RfiVERENCIA A LA IGI,ESIA ROMANA TEXTO : «Fray Francisco promete obediencia y re– verencia al señor Papa H anoria y a. sus su– cesores qiie canónicamente entraren, y a la Iglesia Romana.J> 23. Es históricam.ente cierto que San Francisco fué el primer fundador de Ordenes religiosas que ob– tuvo para la suya la Aprobación Apostólica, y el pri- (1) Cfr. Ba/lerini-Palmieri: "Opus theologicum morale", IV', rJ'.. 59. (2) Buls., n. 27, 3.º-Cfr. Piato, I, pág. 321, qr. 5.– Appelt, q. 147.
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