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- 218 - • 346. Por ((sospechosas compañías de mujeresn se entienden las conversaciones peligrosas para los frai– les, o que puedan dar a otros motivo de razonable sospecha: Por ((consejos de m,ujeres» entiéndese el aconsejarnos o servirnos de ellas para nuestros asun– tos, y también el entrometernos en sus negocios sin c;:iusa que lo justifique. No se nos prohiben las compañías buenas, como es obvio, ni las indiferentes, ni tampoco las clannnente malas contra la castidad. porque éstas a todos los cris– ti;mos están prohibidas. Cinco circunstancias pueden hacer sospechosa la con– versación de los frailes con mujeres : I. a, la edad, ca– rácter y condiciones personales de la mujer; 2.a, el modo de conversar, por ejemplo, si se hace con poca modestia; 3. "', el lugar y tiempo, por ejemplo, si a solas o ya de noche; 4.a, la excesiva frecuencia; 5.a, por razón del fraile, si no es modelo, por ejemplo, de religiosidad y compostura (r). 347. No sólo entre presentes, sino también entre ausentes, puede darse el ((sospechoso consorcirnJ por medio de la correspondencia epistolar demasiado fre– cuente y afectuosa, o por medio de regalillos, etc. <<Adelántate, decía San Jerónimo, adelántate a preve– nir y a evitar todo aquello que pudiera engendrar pro– bable sospecha .contra la virtud santa: El amoa:- verdade– ro no admite los frecuentes regalillos, ni obsequios de manjares delicados, ni cartitas tiernas y amorosasn (2). Finalmente, aunque el precepto de la Regla sólo se refiere a las sospechosas compañías con muJeres, es cierto, sin embargo, que también puede haber sus peli– gros en el trato excesivo con los hombres, sobre todo si son jóvenes y niños, ((a quienes nunca se les debe admitir en las celdas y oficinas del conventoJJ (3). ( r) Sa,n Buenaven,tura, cap. XI de la Re,gla, a quien siguen todos los demás expositores. (2) San Jerónimo, carta 5 2 a Nepociano. (3) Orden. n. 303, 2.º

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