BCCCAP00000000000000000000611
-- II6 - hacen Nicolás III y Clemente V. Hoy, por lo que atañe a nuestra Orden Capuchina, como verdaderos sinónimos se consideran los términos «dinerO)¡ y «pe– cunian, como puede claramente notarse en la Ordena– ción General, n3, párrafo 2.º Según otros expositores, pecunia es todo lo mate– rial que no gastamos en la propia especie sino que, con rigurosa estimación d,e precio, cambiamos por otra cosa (1). Manejo material y formal del dinero. 173. El uso del dinero puede ser material y /or– inal : Es material cuando nos servimos del metal del dinero para hacer alguna cosa, por ejemplo, si usamos de una onza de oro para dorar cálices ; es formal cuan– do usamos de él según su valor estrínseco o ávil para procurarnos las cosas que necesitamos: Este nos está prohibido, pero no aquél (2). 2.º-Lo que podemos y lo que no podemos. TEXTO : ce Y o mando firmemente a todos los frailes que en ninguna manera reciban dineros o pecunia por sí o por interpuesta persona,¡¡ 174. En conformidad con las nociones generales que acabamos de exponer, concretamos lo siguiente : La Regla Seráfica nos prohibe la propiedad, el uso for– mal y la administración civil, del dinero (3). Por tan– to, no podemos pedirlo, ni recibirlo por nosotros mis– mos ni por interpuesta persona señalada por nosotros ; no podemos hacer contratos de ninguna especie, ni poner cepillos en nuestras iglesias (Const. ((Exivin, ar- {1) Torrecilla: "Sum", t. I, pág. 645, n. 32.-Murcia, cuest. r 4 sobre el cap. IV de la Regla.~Cfr. Piato, III, pág. 59- 60. en donde se examinan y pesan las diversas opiniones. (2) Opinión de todos los expositores. (3) Inoc. XI: "Sollicítudo Pastoralis", 20-XI-1679.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz