BCCCAP00000000000000000000611

- ro6- principalmente se consideran como refrigerantes o ex– citantes <le la digestión, por ejemplo, el vino, la si– dra, la cerveza, el café, etc., no quebrantan el ayuno: Se quebranta, en cambio, con la leche, la miel y otras cosas parecidas, porque, aun cuando también sean en ocasiones refrigerantes, principalmente tienen razón de alimentos. Respecto al chocolate, es cierto que, si está bastante claro y no se toma en gran cantidad ni con mucha frecuencia, no quebranta el ayuno (1) : Hay también autores que sostienen que nunca con el chocolate se quebranta el ayuno (2). Párrafo 3.º~Causas excusantes del ayuno. TEXTO: «Mas en tiempo de manifiesta necesidad no estén obliga.dos los f raíles al ayuno cor– poral. JJ 159. Como el ayuno tiene por fin precisamente la mortificación de la carne para obligarla a vivir siem– pre sometida al espíritu, es claro que no excusan <le la obligación de ayunar las pequeñas incomodidades anejas al mismo ayuno; pero tampoco puede negarse que existan verdaderas causas que de tal obligación excusen. Nuestra Regla sólo habla de una, que es la necesidad manifiesta ; con his cuales palabras argu– mentan mal algunos expositores al decir que, en vir– tud de ellas, requiérese para dispensar de los ayunos de la Regla una causa más grave que para dispensar de los ayunos eclesiásticos, porque la palabra ((mani– fiestan sólo quiere decir conocimiento de la causa, no importancia de la misma. Hay necesidad manifiesta cuando se teme algún grave incómodo que probable- (1) Benedicto XIV; "Institutiones ecclesiasticae". O. om- nia, t. X. • 1 (2) P. Torrecilla: "Suma", t. II, pág. 149, n. 3.-P. Fran– cisco de la Mota (O. M. Cap.): "Compendio! de la Suma", pá• gina 477.

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz