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- 308 - de los obispados, (el autor de la ,/ida no Prodigio qne dice cuál fué), sa bió al púlpito en brazos allí se obró ªJ'enos y apenas acabó el sermón en él ' ' · cuando bajó de predicr.1.r sano - y bueno, pasando en tan corto tiempo de un ex– tremo á otro. A pesar de esto, como na– die es profeta en su patria, no debió irle muy bien al P. José por aquellas tie– rras, pues regresó bien pronto á Galicia, para continuar en-ella sus tareas apos tólicas; pero ni a]lí le dajaron quieto los superiores de la provincia de Ara– gón, pues vemos en su vida (capítulo o_nce del libro tercero), que le impuso precepto. de santa obediencia para que fuese á Monforte de Lemos, como ade– lante se dirá. Estas idas y venidas las comunicaba el P. Jose al Provinci:al de Andalucía, á quien miraba como á srí verdadero pre– lado; y éste le hizo volver de Galicia á Sevilla, para poner en claro su filiación y eviti:.rle en lo sucesivo tropiezos y ve– jaciones; Est3 vuelta del V. f. á las An– dalucías, debió ser antes de 1674, por– q a e. en esta fecha trae el Libro primero de los Derechos de esta provincia al folio 24 (vuelto) un acuerdo de la Definición, celebrada el 15 de Enero de 1674, incor– porando á la provincia los PP. José y Alonso de Carabantes, hermanos ca::-na– les, que han pedido con instancias pro– hijarse en la Provincia Bética y agregar– se é ella perpétuamente, para lo tnal tie- Vuel ve á se- ne patente de N. Rmo. P. General. villa. Desde es_ta fecha perteneció nuestro

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