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'-- 81 - (,":-.5:'-.5:'-.5:'~-.5:'~.:.s:-:&-.S:-~ cha ermita, y de todo lo á ella anejo y perteneciente y que les puede pertene- ~ • l · " t da SUS Mundi,, que ce 0 , en cua quiera manerv. cor:. o s nos den lapo• entradas y salidas, usos y costumbres. sesión. Y mandamos á los eclesiásticos de esta cbdad y □inistros de enta Rudiencia, que les den la posesión de todo real, actual, vel cuasi, para que todo lo tengan y gocen según como deben y pueden, er.tregáncloles los bienes y ornamentos ele dicha ermita por invent:lrio, para que de ello conste en todo tiempo; con ·que antes de hacer la entrega de los di- cl::.os bienes se obliguen, con jcencia de quien se la ~meda dar, á que·cada y cuan- do que se tra;ilaclaren ó mudaren de la dbha casa ermita, hayan de dejar en ella libremente los bienes <1ue ele ella se le3 er:.tregaren :>ara que queden para el uso de la dicha ermita; y que hayan de re- cioir tambil:)n el día de San Bartolomé de cada un año la procesión que de la Iglesia mayor de esta Ciudad va á la di- cha ermita, y en ella hayan de hacer los beneficiado:i los oficios el dicho día, di- cümdo la misa mayor como lo tienen ele crntumbre, sin que en t'Sto se innove co- sa alguna. Con lo cual mandamos á to- das y cuale:iquiera personas de cualquie- ra estado y condición que sean así ecle- siásticos como seglares no lo c-Jntradigan ni impidan, sopena de excomunión ma-· yor; y de esta licencia se tooe la razón autorizada en forma que hac,a fé y se Condiciones e ' de la dona· ponga en el archivo de esta I~lesia pa- ción. no. que en bdo tiempo conste Je ella. Fe- 1 r

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