BCCCAP00000000000000000000606

- 50- .:s~~~.:s.:s naturales y Patronas de Sevilla, movidos de su devoción por amor de Dios, y del Patriarca S. Francisco á hacer gracia y donación á la Religión de los PP. Oapu- AneJos de la h' b l p F A capilla. c mos, y en su nom re a . ray gus- tín de Granada, Comisario General de Andalucía, de un sitio que la dicha co– fradía tiene extramuros de esta Ciudad á la puerta de (lórdoba cerca de San Hermenegildo, en que hay una Iglesia pequeña que se intitula de las Vírgenes dos aposentos; uno alto y otro bajo con chimenea, un compás, y un jardinico can unas parras, y un aposento pequeño que sirve de sacristía, cuya disposición y medida se pondrá inserto en esta do– nación, pareciendo ser necesaria á las partes es á saber, para que l0s dichos PP. Capuchinos, puedan habitar en él conforme á la licencia que tuvieren del 3r. Arzobispo de esta Ciudad aprove– chándose de la dicha Iglesia aposen tos y sitio para su morada, en que puedan vivir regularmente, conforme á su Insti• tuto, la cual dicha donación la hacen con las condiciones siguientes: Condiciones de la donación Primeramente es condición que la dicha Iglesia se ha de llamar é intitular Forma en que siempre, y en todo tiempo de las Santas ladan. VfrgenesJusta y Rufina, como se intitu– lan hoy, aunque los dichos PP. Capu– chiuos con su industria y limosnas, y en otra cualquiera manera adquieran el sitio

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz