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CAPITULO VI rundc1ción del convenro de Sevilla 1627 A dijimos en Capítulo anterior que . el señor Arzobispo de Sevilla, Don Sus comien- D' d G · · d b · zos. iego e uzman, a ruegos e su su r1- 110 D. Pedro Andrés, Marqués de la Al-. gaba, se negó á darnos licencia para fundar en la Capital de su Diócesis, h&s– ta que tuviéramos fundado el Convento de Ardales. Verificada, pues, la funda– ción en este lugar, el Sr. Arzobispo cum– plió su palabra, dando licencia por es– crito al M. R. P. Comisario General, pa– ra fundar en Sevilla una residencia, la cual licencia es del tenor siguiente: «Nos, D. Diego de Guzmán, por la gra– cia de Dios, y de la Santa Iglesia de Ro– ma, Patriarca, Arzobispo de Sevilla, del Consejo de S.M. &. 1 ' por la preHente da– mos licencia al P. ]I'r. Agustín' de Gra– nada, Comisario General de los Capu– chinos, para que en esta Ciudad de Sevi– lla pueda en nombre de su religión tener una casa donde se hrn;peden cua- Licencia úe] t , . 1· . C l . . Prelado. ro o seis re igwsos apuc unos, que asis- tan en ella para los negocios precisos á

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