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-- 170- ~-:.s:--:.s:-~~.:..___s) caso recayó el gobierno de nuestra Or– den en el Rmo. P. Fray Jerónimo de Le sucede el Narni, que se hallaba entonces siendo Definidor pri- primer Definidor; y aunque por su hu– mero. mildad profunda rehusaba admitir el empleo, le fué preciso rendirse al supe– rior precepto de S. Santidad, que se le ordenó terminantemente. Antes de morir, había mandado N. P. general las citatorias acostumbradas, pa– ra que todos los vocnles del Capítulo General concurriesen á Roma para el que se había de celebrar en la Pentecos– té de el año de 1631: y en fuerza de ellas se celebraron los respetivos capítulos en las Provincias y Custodias, y salieron de ellas los vocales para dirigirse a Ro– ma. Pero como entre tanto se. había re– crudecido en todas partes el cólera mor– bo, y estaban las más de las naciones de Europa abrasándose en una cruel peste, juzgó su Santidad por acertado que se difiriese la concu.rencia á dicho Capítu– lo, hasta más oportuno tiempo. A este fin despachó un~Breve, y man– dó que con la mayor presteza se diese noticia de él á las Provincias, para que supieran había ordenado su~pender el Capítulo General hasta el año de 1633, dando al mismo tiempo por no hechas las elecciones de Custodios pam dicho capítulo, á fin de que pudiesen proceder á elegir nuevos Custodios á su debido Se _difiere el tiempo. Este Breve a1)e11as l)Odía lleO'ar á Capitulo Ge- . . . I: b neral. las respectivas Provrncrns, antes que los vocale~ saliesen para Roma; y así se avi-

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