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Alcgn,tos n1.isn10. Dcfien el e derecho. - 12 - meuto de todo lo demáf'l. la comodidad del del sitio para huerta, ca;a de habitación y morada para veinte religiosos, Iglesia y lo demás que dejau en la parte donde están; lo mucho que está gastado en to– do ello, para ponerlo de la manera que está en provecho de los religiosos, sin contar la incomodidad con que se hizo, poniendo ellos el trabajo de sus mismas manos para la calzada que hicieron del Convento, hasta las casas del Sr. Obispo; la calle y plnzu que allanaron á la parte del egido, en beneficio y adomo de <li– cho Convento, sin lo que costó en dine– ro. Todo lo cual se debe satisfacer en conciencia, antes de obligarlos á que lo dejen; priucipalrnente habiendo en la misma ermita de San Jer6nimo una Ca– pellanía que teufon licencia de consu– mirla, en beneficio de su fábrica, y son hastu ochocientos ducados de principal, la cual se ha de quedar como antes; y en la misma ermita, han consumido va– rias limosnas iudiforentes, que han he– cho partieularrs bienhechores. Lo segundo, que no es bastante satis– facción PI opunel'les á esta justicia su misma pobnz:i, y la incapacidad que tieneu por su i~egla de poseer bienes ni su pedirlos por justicia, sino de limosna, razón que, si tuvim'a fuerza, nos obliga– ra á dar las limosnas necesarias para nuestrn r:,ustento al primern que nos b pidiera, sin po 1er recibir satisfoución por ellas. Confesamos no ser señores .de lo arriba dicho, y que lo hemos do dejar

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