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46 P. MELCHOR DE POBLADURA Nuestro Señor guarde la muy Santa Persona de V. Santidad al bueno y prospero regimiento de su universal Yglesia. De Balsayn, a 8 de octubre de 1722. De V. Santidad muy umilde y devoto Hijo. Don Phelipe por la gracia de Dios Rey de las Españas, de las dos Sicilias, de J erusalem, etc., que sus santos pies y manos vesa. EL REY E. - Súpliw de las autoridades civiles ele Villafranca del Bierzo. Vil/afranca, 6 julio 172f/. (París, Bibl. Nat., H.1156: Positio super signaturn Commissfonis rcassumptio– nis Cmwac, Romae 1734, 110 n.26). Beatissimo Padre: Siendo tan de la obligacion de los fieles catho– licos el desear la maior exaltacion de la gloria y onra de Dios en el culto y veneracion de sus Santos, por tanto la Justicia y Govierno de esta Villa de Villa Franca del Vierzo, mobida del zelo y ferborosa de– bozion, que tiene al Venerable Siervo de Dios, el Padre Lorenzo de Brindis, Sazerdote Capuchino, cuio Venerable Cuerpo se venera se– pultado en el Combento de Religiosas descalzas de Santa Clara con adbocazion de nuestra Señora de la Anunziada, sito en este Villa; Y ser tan conozida la fama de sus santidad en todos estos pueblos zir– cumvezinos por los singulares y repetidos fabores, que por su inter– cesion se ha dignado siempre su Magestad de conzeder a sus debotos: Por tanto postrada con humilde rendimiento a los Santissimos Pies de Vuestra Santidad suplica umildemente se digne declararlo, lo mas breve que a Vuestra Beatitud le pareziere combeniente, por vienaven– turado entre los ciernas Santos beatificados y canonizados, que se ve– neren sobre las aras de nuestra santa madre Iglesia; para que de esta suerte se logre mas presto la veneracion publica, que tanto desea la debozion a este venerable Sierbo de Dios, cuia fama de santidad nunca a ido hasta aora en disminuzion, sino siempre en aumento, sin que jamas se le huviese dado culto público alguno, sino solo una mera debozion, con que todo el pueblo le venera pribadamente; por cuia causa, y porque, segun notizias, de parte de la sagrada Relixion Capuchina se está al mismo tiempo entendiendo en la caussa de sus Beatificacion y Canoni– zazion delante de Vuestra Santidad, esperamos de la grazia y venigna piedad de Vuestra Beatitud se digne conzedernos este venefizio, que tanto anhela la debozion para maior gloria de Dios y culto de los Santos, a quienes quedamos pidiendo continuamente ynterzedan con su Ma– gestad para la conserbation de la vida de Vuestra Santidad, que tanto deseamos para mayor aumento de la fee y permanente estavilidad de la Santa Iglesia. De este Consistorio de la Villa Franca del Vierzo, julio 6 de 1733 [así, por error; debe ser: 1723]. A los santissimos pies de Vuestra Santidad se postra con todo ren– dimiento la Justicia y Reximiento de esta Villa, pidiendo umilmente su santa paternal vendizion. D. Francisco Gallego D. Joseph Balthasar de Armesto y Camara D. Francisco de Quiroga Nozuela D. Jacinto Coronel D. Jerónimo de Sossa y Castro
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