BCCCAP00000000000000000000524
Pero la propiedad tiene un carácter asimzsmo social. El único propietario es Dios; y Dios quiere que las riquezas de la tierra sean para el bien de toda la familia humana. Según esto, los ricos pro– pietarios no pueden malgastar sus bienes en lujos inmoderados, ni en actos pecaminosos. Deben, en cambio, tener el corazón siempre abierto a las ne- cesidades del prójimo. Adquisición de la propiedad. Las principales formas de adquirir la propiedad son: a) La ocupación o aprehensión de una cosa que no tiene dueño. b) El trabajo: Es el título principal de la propiedad; todos tie– nen derecho al producto de su trabajo. c) La accesión: Ocurre cuando de una cosa del dueño procede otra o a ella se añade; v. gr., los árboles de una finca , etc. d) La herencia: Por la cual una persona se queda con los bie– nes de un difunto. e) La prescripción: Por la ·que uno se adueña de una cosa sólo porque ha pasado mucho tiempo teniéndola por suya, de buena fe. f) El contrato o convenio entre dos o más personas, para cam– biar situaciones de derecho; v. gr., compra-ventas, intercambios, etc. 3. EL ROBO, RAPINA, FRAUDE Y USURA Respecto a los bienes materiales se puede pecar de diversas ma– neras, con la avaricia, la codicia, el derroche, etc. Ahora vamos a tratar únicam~nte de los pecados contra la propiedad ajena. El robo consiste en apoderarse de una cosa a;ena contra la vo– luntad ·razonable de su dueño. Decimos contra la voluntad razonable de su du_eño, porque si la oposición del dueño a dejar lo suyo fuera irrazonable, no habría verdadero robo. Así, no hay robo cuando por razón de justícia, de piedad o de otra causa justa está obligado el dueño a dejar que cojan de lo suyo; v_. gr., no comete robo el que en extrama necesidad toma lo ajeno para salvar la vida. 88
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz