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En tu mano está la vida de tu prójimo Dejando aparte el suicidio, el homicidio y el escán~alo, de los que trataremos con más detención, prohibe, pues, el quinto manda– mie~to: -- Con respecto a la propia vida: Los atentados contra la propia salud, el deseo de la propia muerte y la embriaguez . . -- Can respecto a la vida ajena: El odio, el deseo de mal a otro, la contienda y la riña. 1) Atentados contra la propia salud. No es lícito abreviarse intencionadamente la vida sin motivo. Pecarían, pues, gravemente quienes arruinaran su ·salud con crápu-r. las, embriagueces, uso de estupefacientes, etc. Sería, en cambio, lícito, con causa proporcionada y por buen fin, exponerse a grave peligro, v. gr., trabajando en oficios peligrosos para ganarse la vida (fábricas de cemento, minas, etc.). 2) Deseo de la propia muerte. Desearse la muerte por un motivo pecaminoso. v. gr., por cobar– día, por miedo a las molestias ordinarias de la vida, puede ser pe– cado, y pecado grave. 3) Embriaguez. Consiste en el exceso voluntario en las bebidas .alcohólicas por mero placer, hasta la privación violenta del uso de la razón. 65 Ls Morsl, l.º.-3

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