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Faltan gravemente: -- Los que voluntariamente, y sin motivo suficiente, no asisten a misa. - Los que, también sin motivo, omiten una parte notable, o muy importante de la misa; v. gr., hasta el canon, la consagración, etcétera. - Los que deliberadamente admiten o buscan distracciones ex– ternas, e.stando gran parte de la misa durmiendo o hablando con otra persona. Faltan venialmente: - Los que no asisten a la misa entera, omitiendo alguna parte no principal o notable; v. gr., la parte que antecede al ofer– torio. - Los que están interiormente distraídos o hablan alguna pala– bra, etc. Causas ·que excusan del deber de oír misa. Cualquier dificultad verdaderamente grave e importante puede excusar del deber de oír misa los domingos y fiestas. Las principa– les causas suelen reducirse a las siguientes: 1) Imposibilidad física: Si uno está enfermo, si queda muy lejos la iglesia y no hay medios normales para trasladarse a ella ... 2) Imposibilidad moral: Un asunto urgente que no puede di– ferirse y no queda tiempo para oír misa; la urgencia de atender al prójimo en sus necesidades espirituales o corporales; los que asis– ten a fos enfermos; las madres que deben cuidar a sus niños pe– queños, etc. 3) Costumbre legítima: En algunos lugares se ha introducido la costumbre de que las viudas no vayan a misa durante algún tiempo, ni las novias en días de amonestaciones. Con todo, se recomienda prescindir de estas costumbres. 4) Legítima dispensa: Si los motivos no son suficientemente im– portantes, queda aún el recurso de la dispensa. La qispensa de oír misa la puede conceder la Santa Sede, los obispos y los párrocos. 110
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