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Agradezco a usted muy sinceramente su delicada aten– ción. Aunque la actuación de usted en este caso es solamente la de transmitirme la respuesta de la Consultoría Jurídica, tal vez le interese conocer el criterio de esta l\Iisión al respec– to y en qué se basa, tanto para su gobierno en lo futuro, como para información e ilustración general acerca de las relacio– nes que en esta materia deben mediar entre las autoridades civiles o militares y eclesiústicas o misionales. El Sr. Asesor invoca las Leyes Forestales y Constitución Nacional, la Ley Reglamento de Misiones, pero, por inadver– tencia seguramente, hizo caso omiso en su respuesta del CON– VENIO del Gobierno Nacional con esta l\IISION y las repeti– das Declaraciones oficiales emanadas del l\Iinisterio de Rela– ciones Interiores acerca de diversos puntos que ofrecían du– das y que han sido resueltas en transcurso de los 26 años que llevan de vida las l\Iisiones, mas la práctica constante esta– blecida en las mismas y aprobada por dicho l\Iinisterio. Al crear una l\Iisión y darle autoridad civil y policial pa– ra el mantenimiento del orden y fomento de la Agricultura y O:ía y explotación de las riquezas de la región en beneficio de los indígenas no se derogan en esa zona indígena reserva– da las leyes generales de la Nación, sino que los l\Iisioneros son las autoridades que tienen el derecho y el deber de cum– plirlas y hacerlas cumplir, debiendo dar cuenta de su actua– ción en todos los órdenes al Ministerio de Relaciones Interio– res, quien de seguro tramitará con el respectivo l\Iinisterio el asunto de que se trate. De suerte pues, que de hecho los l\Iisioneros no sino deleyados del Ejecutivo Federal y al ejer– cer, en cualquier materia o asunto que sea, la autoridad co– rrespondiente y de acuerdo con las Leyes del rarn.o, no usur– pan derecho alguno ajeno, no obstaculizan el ejercicio legal de la autoridad a ningún empleado público al hacerle ver que sale de su radio de acción al ejercer esa autoridad en la jurisdicción de la Misión en la zona indígena reservada, sino que es una advertencia amistosa, en principio y una llamada - 366 -

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