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prenderá V. que la situación en que se hallan los l\Iisioneros de Santa Elena en relación con las autoridades civiles de ese lugar, no son nada satisfactorias, resultando que en lugar ele prestar esas autoridades apoyo necesario a los l\Iisioneros con– forme a lo preceptuado en el artículo :)'·' de la Ley de :Misiones y 8'·' del Decreto Reglamentario correspondiente, reciben los Padres Capuchinos un tratamiento que no se compaclcce de los principios mús elementales de respeto, consideración y cortesía a que ellos son acreedores. Los l\Iisioneros son en cierto modo, funcionarios del Es– tado, puesto que colaboran en una obra de carúcter eminen– temente nacional y patriótica, cual es la evangelización y re– ducción de nuestros aborígenes para hacerlos, con el tiempo, personas aptas al disfrute de nuestra vida social, política y civil, de manera que, todas las autoridades de la República están en la obligación de cooperar, dentro de la esfera de sus obligaciones, para el mayor rendimiento y éxito de la labor misional, y en los casos en que los sacerdotes misioneros se excedan en el cumplimiento de sus deberes, como sería el de reprensiones o castigos exagerados para con los indios, en– tonces las autoridades conocedoras de tales hechos deberían hacer el denuncio a este Despacho, por órgano <lcl EjeC'utivo del Estado, a objeto de que el Vicario Apostólico de la ;\Iisión o el Superior del Centro de Educación respectivo ponga re– medio a la situación de irregularidad si la hubiere. En aten– ción a lo expuesto, este Despacho le insinúa la conveniencia de llamar la atención debida al Prefecto ele Santa Elena, ha– ciéndole ver la obligación en que estú de dar cumplimiento a las disposiciones citadas de la Ley de Misiones y su Regla– mento. Como cumplimiento de lo transcrito insértole los siguien– tes textos legales, citados anteriormente: Artículo 3° de la Ley de Misiones: El Superior de cada l\Iisión tendrá autori– zación suficiente para mantener el orden inmediato entre los indígenas, para el cabal cumplimiento <le los respectivos Re– glamentos y solicitará la intervención del Ejecutivo Federal cuando se trate de rneclidas de mayor transcendencia". -- AR- -- 339

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