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hiere lugar, o la condenatoria policial, si fuere del caso. El de– lincuente deberá ser detenido preventivamente por los misio– neros y puesto a disposición de la autoridad civil. DIOS Y FEDERACION Firmado: Mayor Mario R. Vargas C. TEXTO N9 119 PASO DE LOS INDIGENAS DEL REGISTRO MISIONAL AL CIVIL. ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA. - l\Iinisterio de Relaciones Interiores. - Dirección de Justicia. - N 9 3814. - Caracas, 7 de Noviembre de 1~):16. - 137 9 y 88 9 • Ciudadano Gobernador del Territorio Federal Amazonas. Puerto Ayacucho: En relación con su Oficio N') 1135, de fe– cha 10 de septiembre último, cúmpleme significarle que este Despacho no ve inconveniente en que los niños indígenas del Asilo Pío XI, regentado por los Padres Salesianos de la Mi– sión del Alto Orinoco, sean inscritos en el Registro Civil, a pesar de no estar contemplado el caso en el Reglamento de la Ley de Misiones, haciéndose la inscripción en los términos propuestos por el Administrador apostólico de la misma, a saber:"Ante este Despacho se presentó N N de X años, bau– tizado en dicha l\Iisión el día .... de .... de .... Dicho indíge– na fué alumno del Asilo N. alcanzando. . . grado ele instruc– ción y desea quedarse en regiones civilizadas". DIOS Y FEDERACION Mayor Mario R. Vargas C. - 331 -

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