BCCCAP00000000000000000000516

te no fué entregado por la :Misión a las Autoridades civHes para que fuese sometido al juicio penal correspondiente coE– forme a las Leyes de la República. 2''.-La Ley de l\Iisiones ha tenido por objeto reducir y atraer a la vida ciudadana las tribus y parcialidades indígenas no civi!i:::aclas que aún existen en diferentes regiones del país. En tal situación se hallan los indígenas comprendidos en la Misión del Caroni. Tra túndose de indígenas no civilizados, parece fácil advertir que ellos deben encontrarse sometidos a un régimen especial conforme al primitivo estado de cultu– ra que actualmente exhiben. Este régimen especial, jusbfica– do por razones de conYcniencia y de humanidad, se halla con– tenido en la Ley de l\Iisiones y su Reglamento, así como en los Convenios celebrados por el Ej ccutiYo Federal de acuerdo con lo paulado en el artículo 2 9 de la citada Ley. Los indígenas, en efecto, deben ser tratados como hallán– dose en estado de menor de edad y por ello las relaciones del EiecutiYo Federal con los indios, por el debido órgano de las Misiones pueden equipararse a las relaciones que existen cnlre un pup1lo y su lulor. En la Hepública Argentina, conforme a la exégesis que hacen los comcntiiristas a algunos textos de la Constitución de ese país, se admite que los indios se hallen sometidos a la le– gislación penal y civil de la Nación. Así por ejemplo, la Cá– mara de Apelaciones, en lo Criminal Comercial, en el año 1.885, estableció "que la condición de indígena no es bastante para salvar la responsabilidad del reo por ignorancia de la Ley". L:na situación legal diferente para los indígenas no civi– lizados resulla de los instrumentos legales que se han men– cionado con anterioridad y especialmente de los artículos 3 9 y 50. de la Ley de Misiones y artículo H'·' del Convenio cele– brado con la Orden Capuchina el 21 de Febrero de 1.922. El artículo 3'! de la Ley se halla concebido en los términos siguien tes: El Superior de cada l\Iisión tcndrú autorización suficien- -32'1-

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz