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TEXTO N° 107 LOS INTENDENTES DE TIERRAS BALDIAS NO TIENEN AUTORIDAD EN LA ZONA RESERVADA A LAS MISIONES Estados Unidos ele Venezuela. Ministerio de Salubri- dad y de Agricultura y Cría. - Dirección de Agricultura y Cría. - Caracas, 4 de Octubre de 1.935. - 126 9 y 77 9 • R. P. Fray Félix 1\1. ele Vegamián. Misionero Capuchi- no del Caroní. - Ciudad. - Templo de la Merced: Como re– sultado de la presentación dirigida por Y. a este Departamen– to, con fecha 27 de septiembre último me es grato transcri– birle textualmente el telegrama que el Ministerio a mi cargo dirigió al Ciudadano Intendente de Tierras Baldías de Tu– cupita: "Caracas 3 de Octubre de 1.915. N•! 61:t-Intcndente de Tierras Baldías.-Tucupita.-Tiene conocimiento este Despa– cho de que Intendencia a su cargo está expidiendo permisos para talas y quemas con fines agrícolas en terrenos concedidos por Gobierno Nacional a Reverendos Padres Misioneros del Ca– roní situados en inmediaciones del Caño Araguaimuj o y co– mo tales hechos lesionan gravemente los derechos que a di– chos Misioneros otorga el convenio que tienen celebrado con el Ejecutivo Federal, proceda V. inmediatmnentc a suspender todos los permisos que haya expedido con tal fin sobre te– rrenos reservados a la Misión.-D. y F. (f) H. Toledo Trujillo Dios y Federación. Firmado: H. Trujillo Ministerio de Agricultura. - Dirección N 9 1.227. - Ca– racas, 15 de Junio de 1936. Monseñor Diego Alonso Nistal. Vicario Apostólico del Ca-

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